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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 15301
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino de 8 de octubre de 2015, por la que se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina de los Freus de Ibiza y Formentera

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Texto

El Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por la cual se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina o las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Islas Baleares señala en su artículo 3 que cada dos años se publicará un censo revisado de embarcaciones profesionales autorizadas en cada reserva. En el censo de la reserva marina de los Freus de Ibiza y Formentera se podrán inscribir las embarcaciones adscritas a las cofradías de pescadores de Ibiza y Formentera, con puerto base en Ibiza o Formentera y aquellas con puerto base a menos de 24 millas que puedan demostrar habitualidad en la pesca en la zona en el periodo de cinco años inmediatamente anterior. La inclusión en el censo y la presentación regular de datos de capturas son los únicos requisitos para poder pescar dentro de la reserva.

Por lo tanto, estudiados los registros de actividad en la reserva marina de los Freus de Ibiza y Formentera, consultadas las cofradías y haciendo uso de las facultades que se me han conferido, dicto la siguiente,

RESOLUCIÓN

Primero

Se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina de los Freus de Ibiza y Formentera, que estará formado por las siguientes embarcaciones:

Embarcación

código

Puerto base

Matrícula

AJILA

23754

IBIZA

3ª IB-1-2-97

ALATXA

24866

IBIZA

3ª IB-1-2-00

ANTONIO JOSE

7185

IBIZA

3ª IB-1-1009

AVE SEGUNDA

21061

IBIZA

3ª IB-1-1069

CALMA PRIMERO

26802

IBIZA

3ª IB-1-1-05

CAP ALT PRIMERO

26805

IBIZA

3ª IB-1-2-05

CAP NONO

8447

IBIZA

3ª IB-1-997

CIUDAD DE MELILLA

14763

IBIZA

3ª IB-1-909

DANIEL

13531

IBIZA

3ª IB-1-25

DESEO

1012

IBIZA

3ª MH-2-160

FERMINA

7153

IBIZA

3ª IB-1-1045

J M

7155

IBIZA

3ª IB-1-1057

JOVEN ANTONIO

7179

IBIZA

3ª IB-1-1038

JOVEN MANUEL

7171

IBIZA

3ª PM-1-1427

JUAN

8413

IBIZA

3ª PM-1-471

JUREL

8449

IBIZA

3ª IB-1-948

LLUCH

3938

IBIZA

3ª PM-1-1917

LLUM I VIDA

1023

IBIZA

3ª MH-2-172

MAR Y VIDA

14088

IBIZA

3ª MH-1-493

MARCELO

14249

IBIZA

3ª IB-1-893

NUEVO SAN ANTONIO

22317

IBIZA

3ª MH-1-520

ORION SEGUNDO

7158

IBIZA

3ª IB-1-1073

PETIT

7195

IBIZA

3ª IB-1-987

PUJOL

15005

IBIZA

3ª IB-1-1071

ROSETES

12196

IBIZA

3ª IB-1-924

SAN BARTOLOME

54576

IBIZA

3ª IB-1-21

TONI COSTA

8440

IBIZA

3ª IB-1-1042

VORAMAR

24075

IBIZA

3ª VA-2-6-97

AIMAR SEGUNDO

7199

FORMENTERA

3ª PM-1-1684

ANFOS TERCERO

5722

FORMENTERA

3ª PM-1-1484

CAP BLANCH

5708

FORMENTERA

3ª PM-1-1569

CINCO HERMANOS

5685

FORMENTERA

3ª PM-4-175

CRISTINA

13579

FORMENTERA

3ª MH-1-458

CYRUS

12199

FORMENTERA

3ª IB-1-1017

DOS HERMANAS

5723

FORMENTERA

3ª IB-1-1041

ES MORER

5700

FORMENTERA

3ª IB-1-852

ES RACONET

27058

FORMENTERA

3ª PM-1-1-07

ESCANELLAS II

20999

FORMENTERA

3ª IB-3-7

EUBARCA

5683

FORMENTERA

3ª IB-1-769

JUANA ROS

5691

FORMENTERA

3ª IB-1-915

KAIRE

5702

FORMENTERA

3ª IB-1-613

LA MAJA PRIMERA

24044

FORMENTERA

3ª PM-1-3-98

MARIA AVELINA

15950

FORMENTERA

3ª IB-3-6

MIGUEL PRIMERO

25917

FORMENTERA

3ª PM-1-5-03

MULI

3531

FORMENTERA

3ª PM-1-513

NUEVA CATALINA

12198

FORMENTERA

3ª IB-3-1

PUIG DEL PARE

3583

FORMENTERA

3ª PM-1-1823

RAOR

7174

FORMENTERA

3ª IB-1-1053

VIRGEN DEL PUIG

12190

FORMENTERA

3ª PM-1-1666

ZEUS DOS

27260

FORMENTERA

3ª IB-3-1-08

ES PELUT

24099

SANT ANTONI

3ª PM-1-1-95

ES VEDRÀ

13775

SANT ANTONI

3ª IB-2-7

 Segundo

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Tercero

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Hble. Sr. Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

 

Palma, 8 de octubre de 2015

        

El Director General de Pesca y Medio Marino

Juan Mercant Terrassa