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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15039
Departamento de planeamiento y gestión urbanística. GCI 15/02. Acuerdo de Junta de Gobierno de 16/09/2015 de aprobar inicialmente el proyecto reparcelación, modalidad compensación, de la UE 35-02 en el API 35-01, Son Xigala

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Texto

El 20/04/2015 Joan Miquel Obrador Riera, en representación acreditada de VIBELBA SL, ha presentado proyecto de reparcelación, modalidad de compensación, de la unidad de ejecución UE/35-02, al API/35-01, en Son Xigala. Se manifiesta que todos el terrenos pertenecen a la misma sociedad VIBELBA, con lo cual es innecesario la constitución de Junta de Compensación.

El proyecto se formula para llevar a cabo las determinaciones previstas en la modificación puntual del PGOU, aprobada definitivamente por el Ayuntamiento en Pleno el 29/01/2015, que ha delimitado una nueva unidad de ejecución, la UE/35-02, a ejecutar por compensación, que tiene por objeto la corrección del error material relativo al EL1a/35-07-P. La recalificación de una superficie de 1.18 m2, actualmente calificada como equipamiento deportivo público, con referencia 35-06-P, que pasa a EQ4a/SC-RE-AS-SA-RL-AD, equipamiento sociocultural de dominio privado y uso colectivo, que mantiene como catálogo A-2, y su régimen de usos pasa a regularse por el cuadro de usos num. 8. La delimitación de una unidad de ejecución con sistema de compensación con la finalidad de dar cumplimiento al régimen de deberes derivados de la presente actuación urbanística de dotación.

Se ha emitido informe del Servicio de Valoraciones y Proyectos el 23/06/2015 en sentido favorable.

Por lo tanto, se considera que se puede aprobar inicialmente el proyecto de compensación y abrir el preceptivo trámite de información pública.

Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 11 del Texto Refundido de la Ley de Suelo 2/2008, así como el artículo 84 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo de Las Islas Baleares, 211 y ss. del Reglamento general de la Ley 2/2014 (Acuerdo del Pleno del CIM de 16/04/2015), los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que subscribe propone a la Junta de Gobierno de Palma que adopten el siguiente

ACUERDO

1.- Aprobar inicialmente el proyecto de reparcelación, modalidad de compensación, de la unidad de ejecución UE/35-02, en el API/35-01, en Son Xigala, del vigente Plan General de Ordenación Urbana, presentado por Joan Miquel Obrador Riera, en representación acreditada de VIBELBA SL, según el informe favorable emitido el 23/06/2015 por el Servicio de Valoraciones y Proyectos.

2.- Someter este acuerdo a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con el que dispone el artículo 80.4 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo de Las Islas Baleares. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertarà su contenido íntegro. Transcurrido este plazo sin que se hayan presentado alegaciones al respeto, se considerará aprobado, una vez se haya liquidado la monetarització del aprovechamiento a que se refiere el punto siguiente, según el artículo 213.3 del Reglamento general de la Ley 2/2014.

Antes de la aprobación definitiva se deberá presentar nota marginal del Registro de la Propiedad expresando que las fincas que conforman el ámbito de actuación están afectadas por la reparcelación.

3.- Aceptar en concepto del 10 % de edificabilidad mediana ponderada del sector que corresponde al Ayuntamiento la cantidad de 52.528,13 € en concepto de monetarització, en aplicación del artículo 32.4 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo de Las Islas Baleares.

4.- Notificar el presente acuerdo, a los propietarios afectados por el sistema de actuación para que dentro del plazo de un mes a partir de la notificación puedan alegar ante esta administración municipal, aquello que consideren adecuado a su derecho, de conformidad con el artículo 84.4 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo de las Illes Balears.

5.- Dar traslado de este acuerdo a Patrimonio Municipal, al Economista de la Gerencia, al Negociado de Información Urbanística y a la Sección de tramitación de proyectos de urbanización por su conocimiento.

Lo cual se publica para su conocimiento y efectos.

Podeu presentar els vostres escrits a l'Ajuntament en els Registres Generals (UIAP) següents:

OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos

OAC Sant Ferran: Av. St Ferran (Edif. Policia Local)

OAC l´Escorxador: C/ Emperadriu Eugènia, 6

OAC l´Arenal: Av. Amèrica, 11 (s'Arenal)

OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)

OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)

OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)

OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos

      

Palma, 21 / setembre / 2015

         

p.d. Decret de Batlia núm. 10434, de 8 de juny de 2012

publicat al BOIB 85 de 14/06/2012

Jaume Horrach Font