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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 15029
Acuerdo del Pleno de día 10 de septiembre de 2015, relativo a la aprobación definitiva de la rectificación del expediente número 2 de modificación de créditos en el presupuesto propio de 2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobado inicialmente, en sesión del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 10 de septiembre de 2015  y transcurrido el plazo de exposición al público sin que se haya formulado reclamación alguna, queda definitivamente aprobada la rectificación el expediente número 2 de modificación de créditos en el presupuesto del Institut de l’Esport Hípic de Mallorca de 2015 por suplemento de crédito (SUP 01/2015), que queda redactada del modo siguiente:

RECT. EXPEDIENTE  NÚM. 2 MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS EN EL PRESUPUESTO DEL INSTITUT DE L’ESPORT HÍPIC DE MALLORCA (RECT. EXP. SUP01/2015)

La rectificación en la parte de la modificación de crédito que afecta al presupuesto de gastos, donde dice:

* SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS (SUP01/2015)

Aplicación

Descripción

Importe

01.34230.20300

ALQUILER MAQUINARIA IEHM

20.000,00

01.34230.21000

CONSERVACIÓN INFRAESTRUCTURAS IEHM

120.000,00

01.34230.21200

CONSERVACIÓN INMUEBLES IEHM

50.000,00

01.34230.22100

ENERGIA ELÉCTRICA IEHM

50.000,00

01.34230.22103

COMBUSTIBLE Y CARBURANTES IEHM

20.000,00

01.34230.22199

OTROS SUMINISTROS IEHM

59.340,69

01.34230.22502

TRIBUTOS DE LAS ENTIDADES LOCALES IEHM

120.000,00

01.34230.22706

ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS IEHM

70.000,00

01.34230.22707

OTROS TRABAJOS REALIZADOS OTRAS EMPRESAS

80.000,00

01.34230.62300

MAQUINARIA IEHM

50.000,00

01.34230.62200

OBRAS MEJORA IEHM

650.000,00

01.34230.62400

ELEMENTOS DE TRANSPORTE IEHM

20.000,00

01.34230.64100

INVERSIONES EN APLICACIONES INFORMÁTICAS IEHM

20.000,00

TOTAL SUPLEMENTO

1.329.340,69

Tiene que decir:

Aplicación

Descripción

Importe

01.34230.20300

ALQUILER MAQUINARIA IEHM

20.000,00

01.34230.21000

CONSERVACIÓN INFRAESTRUCTURAS IEHM

120.000,00

01.34230.21200

CONSERVACIÓN INMUEBLES IEHM

50.000,00

01.34230.22100

ENERGIA ELÉCTRICA IEHM

50.000,00

01.34230.22103

COMBUSTIBLE Y CARBURANTES IEHM

20.000,00

01.34230.22199

OTROS SUMINISTROS IEHM

59.340,69

01.34230.22502

TRIBUTOS DE LAS ENTIDADES LOCALES IEHM

120.000,00

01.34230.22706

ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS IEHM

70.000,00

01.34230.22707

OTROS TRABAJOS REALIZADOS OTRAS EMPRESAS

80.000,00

01.34230.62300

MAQUINARIA IEHM

50.000,00

01.34230.62200

OBRAS MEJORA IEHM

255.925,03

01.34230.62400

ELEMENTOS DE TRANSPORTE IEHM

20.000,00

01.34230.64100

INVERSIONES EN APLICACIONES INFORMÁTICAS IEHM

20.000,00

TOTAL SUPLEMENTO

935.265,72

Y respecto a los ingresos, donde dice

Remanente de tesorería general

Aplicación

Descripción

Importe

99.87000

Remanente de Tesorería para gastos generales

1.329.340,69

TOTAL FONDO RTDG

1.329.340,69

TOTAL FONDO DE  FINANCIACIÓN P/SUPLEMENTO DE CRÈDITO

1.329.340,69

Tiene que decir:

Remanente de tesorería general

Aplicación

Descripción

Importe

99.87000

Remanente de Tesorería para gastos generales

935.265,72

TOTAL FONDO RTDG

935.265,72

TOTAL FONDO DE  FINANCIACIÓN P/SUPLEMENTO DE CRÈDITO

935.265,72

Por tanto que nivelado el presupuesto.

SEGUNDO.-Este acuerdo de aprobación se considerará definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública, y entrará en vigor, una vez se haya cumplido los que dispone el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local, y también el artículo 169 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por RDLEG 2/2004, de 5 de marzo.

Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, los interesados legitimados a que se refiere el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación  de  este acuerdo. Todo conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. No obstante, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

 

Palma, 7 de octubre de 2015

Por delegación del presidente,
el secretario general
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)
Jeroni M. Mas Rigo