Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 15024
Acuerdo del Pleno de día 10 de septiembre de 2015, relativo a la aprobación definitiva del expediente número 18 de modificación de créditos en el presupuesto propio de 2015
Aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 10 de septiembre de 2015 y transcurrido el plazo de exposición al público sin que se haya formulado reclamación alguna, queda definitivamente aprobado el expediente número 18 de modificación de créditos en el presupuesto propio de 2015 por crédito extraordinario (CE 04/2015) y suplemento de crédito (SUP 08/2015), cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
CRÉDITO EXTRAORDINARIO (CE 04/2015)
Aumento ingresos por capítulo
CAP.6 |
29.500,00 |
TOTAL |
29.500,00 |
Fuentes de financiación:
Bajas por anulación |
Cap. 4 |
29.500,00 |
|
TOTAL |
29.500,00 |
SUPLEMENTO DE CRÉDITO (SUP 08/2015)
Aumento de ingresos por capítulo:
Cap. 2 |
311.038,71 |
TOTAL |
311.038,71 |
Fuente de financiación:
Bajas por anulación |
Cap. 4 |
20.000,00 |
Remanente de Tesorería |
Cap. 8 |
291.038,71 |
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TOTAL |
311.038,71 |
Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, los interesados legitimados a que se refiere el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. No obstante, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Palma, 7 de octubre de 2015
El secretario general
Por delegación del presidente (Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)
Jeroni M. Mas Rigo