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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 14841
Resolución de la directora de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 30 de septiembre de 2015 por la que se corrigen los errores detectados en la Resolución por la que se publica la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, publicada en el BOIB n.º 136/2015, de 10 de septiembre

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Texto

Hechos

1. El 10 de septiembre de 2015, la directora de Recursos Humanos y Relaciones Laborales dictó una resolución por la que se convocaba, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, que se publicó en el BOIB n.º 136/2015, de 15 septiembre.

2. El 18 de septiembre de 2015, la directora de Recursos Humanos y Relaciones Laborales dictó una resolución de corrección de errores de la Resolución anterior, dado que los requisitos exigidos en la convocatoria no eran los establecidos legalmente en la Resolución por la que se creó dicho puesto de trabajo.

3. Se han detectado errores en los fundamentos de derecho y en las características del puesto de trabajo de la Resolución de 10 de septiembre de 2015, por lo que se acuerda publicar nuevamente las bases de la convocatoria para dar más claridad.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en cuanto a la revocación de actos y a la rectificación de errores.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que establece que la vocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de texto en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

3. La Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 23 de junio de 2014 por la que se crea el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 92/2014, de 8 de julio).

4. La Resolución del consejero de Salud de 2 de marzo de 2015 por la que se modifica la Resolución de 9 de abril de 2008 de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, y la Resolución del director general del Servicio de Salud por la que se subsanan los errores de la Resolución de 9 de abril de 2008 (BOIB n.º 34/2015, de 10 de mayo).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir los errores detectados y publicar un anexo con las bases de la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para prestar servicio en la Dirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.

2. Considerar válidas las solicitudes presentadas relativas a la Resolución de 10 de septiembre de 2015 siempre que cumplan los requisitos establecidos en el anexo que se publica ahora.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-adminis­trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 Palma, 30 de septiembre de 2015

La directora de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
María Guadalupe Pulido Román
Por delegación del consejero de Salud y Consumo (BOIB 34/2015)

 

ANEXO
Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo convocado

Un puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para prestar servicio en la Dirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2. Características del puesto

Depende de la Dirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio de Salud y debe desempeñar las funciones propias de un jefe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, entre ellas las siguientes:

a. El diseño, la aplicación y la coordinación de los planes y de los programas de actuación preventiva.

b. La identificación y la evaluación de los factores de riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud del personal.

c. La coordinación de la vigilancia periódica de la salud del personal y la emisión de informes de aptitud o sobre limitaciones o adaptaciones, y también las vacunaciones, la vigilancia epidemiológica y otras actividades relacionadas con la vigilancia de la salud.

d. El estudio y el análisis de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales que se produzcan en los diferentes centros de trabajo del Servicio de Salud.

e. El diseño y la coordinación de formación y la elaboración de información para el personal específicamente en cuanto a la prevención de los riesgos laborales.

f. La organización de la prestación de los primeros auxilios y la promoción de la salud en el lugar de trabajo.

g. El asesoramiento en el diseño y en la implantación de los planes de emergencia y de evacuación de los centros.

h. La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia que sean eficaces.

i. El asesoramiento en la coordinación en materia de prevención de los riesgos laborales con empresas externas que desarrollen actividades en los centros del Servicio de Salud y la adopción de las medidas necesarias para la coordinación en cuanto a la protección y la prevención de los riesgos laborales y la información sobre estos a los trabajadores respectivos.

j. Otras funciones relativas a la prevención de los riesgos laborales establecidas por la legislación vigente y las que se le deleguen expresamente.

4. Requisitos

Tener la condición de personal estatutario fijo y pertenecer a alguna categoría de los subgrupos A1 o A2, sanitaria o de gestión y servicios. Además de acreditar los requisitos, la persona aspirante puede presentar su currículum junto con los documentos que acrediten los títulos —originales o copias compulsadas— que considere oportunos.

5. Trámite de solicitud

La solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Dirigida al órgano que la convoca, debe formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.