Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 14770
Resolución del Conseller de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca por la que se modifica la época de peligro de incendio forestal adelantando su finalización al 1 de octubre de 2015
Considerando que dadas las actuales y previstas condiciones meteorológicas, se prevé la persistencia de un limitado nivel de riesgo de incendios forestales en todas las superficies forestales de las Islas Baleares,
Visto el Decreto 125/2007, de 5 de octubre, por el que se dictan normas sobre el uso del fuego y se regula el ejercicio de determinadas actividades susceptibles de incrementar el riesgo de incendio forestal, que dispone en su artículo 3 que “Teniendo en cuenta las condiciones meteorológicas u otros motivos que puedan incidir en el riesgo de incendios forestales, el conseller de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, mediante resolución puede modificar este periodo (época de peligro de incendios forestales 1 de mayo a 15 de octubre) de manera general o individualizada, si es el caso, para cada una de las islas o para cada tipo de zona”, mediante el que queda facultado el conseller de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca para modificar, de considerarse preciso, el periodo de vigencia de la época de incendios forestales en el territorio de la CAIB.
Visto el correspondiente informe del Servicio de Gestión Forestal de 28 de septiembre de 2015.
Se propone la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.- Modificar para todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears la fecha de término de la época de peligro de incendio forestal, quedando adelantada su finalización al 1 de octubre de 2015.
Segundo.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, a 29 de septiembre de 2015
El Conseller de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca
Vicenç Vidal Matas