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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 14733
Aprovación definitiva Estatutos i Bases de actuación de la Junta de Compensación sector Can Joy

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Texto

El Alcalde Presidente en funciones, en fecha de hoy, ha adoptado la resolución siguiente:

“Resolución de alcaldía de aprobación definitiva, decreto 313 de día veintinueve de mayo de dos mil quince.

Visto el proyecto de estatutos y de bases de actuación que habrá de regir la constitución y funcionamiento de la Junta de Compensación para la urbanización de la unidad de actuación del Sector de Can Joy del Puerto de Sóller.

Visto el informe emitido por parte de los Servicios Técnicos Municipales con relación a los aspectos técnicos de los documentos presentados.

Visto que por resolución de Alcaldía se aprobaron inicialmente los citados documentos.

Visto que se sometieron, Proyecto y Bases, a trámite de información pública, por plazo de quince días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el periódico Última Hora. Asimismo, se dio audiencia a los propietarios y titulares de derechos por el mismo plazo, sin que se presentaran alegaciones.

Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 162.3 de del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana en relación con el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar definitivamente los estatutos y las bases de actuación de la Junta de Compensación a constituir para la urbanización de la unidad de actuación del Sector Can Joy del Puerto de Sóller.

SEGUNDO. Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la Junta de Compensación a D. Gabriel Darder Matas o en su caso Regidor que lo sustituya.

TERCERO. Publicar íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el presente Acuerdo de aprobación definitiva. Asimismo, se notificará individualizadamente a los propietarios afectados por el sistema de actuación y a quienes hubieren comparecido en el expediente.

CUARTO. Requerir a los interesados para que constituyan la junta de compensación mediante escritura pública en la que se designará el cargo del órgano rector, que necesariamente recaerá en persona física.

QUINTO. Remitir el presente Acuerdo de constitución al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, así como un ejemplar de los estatutos y bases de la Junta de Compensación, para su inscripción y archivo.

SEXTO. Solicitar del Registro de la Propiedad la práctica de los asientos que correspondan y el depósito de los estatutos y bases aprobados.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde en funciones, D. Carlos Simarro Vicens, en Sóller, a 29 de mayo de 2015; de lo que, como Secretario, doy fe.

Ante mí, El Alcalde en funciones,

La Secretària Acctal.,”

8 de juny de 2015

El Alcalde en funciones,

Carlos Simarro Vicens