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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 14668
Aprobación definitiva de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para las actividades de Tiempo Libre organizadas por las entidades y las asociaciones locales para el año 2015

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Texto

En fecha 30 de octubre  de 2015 se publica en el BOIB núm. 81  sec. V Pág. 30179, el acuerdo del Pleno  del  Ayuntamiento de Inca realizado en fecha 27 de febrero de 2015, por el cual se aprueban inicialmente las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para las actividades de Tiempo Libre organizadas por las entidades y las asociaciones  locales para el año 2015. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 102 de la Ley de20/2006, de 15 de Diciembre, Municipal i de régimen local de las Islas Baleares, se ha expuesto al publico el referido acuerdo, por un termino de 30 días, desde el siguiente a la publicación de dicho acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a los efectos de que todos los interesados presenten alegaciones contra el mismo delante de la Junta de Gobierno Municipal.

Dado que transcurrido el plazo no han habido alegaciones al respecto, las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para las actividades de Tiempo Libre organizadas por las entidades y las asociaciones  locales para el año 2015 se consideran definitivamente aprobadas en el siguiente contenido literal:

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE 2015 ORGANIZADAS POR LAS ENTITADADES I LAS ASOCIACIONES LOCALES

1. OBJETO

Las presentes bases tienen por orden establecer los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones municipales de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia y publicidad para actividades realizadas entre el 1 de octubre del 2014 al 1 de octubre del 2015, que contribuyan a la promoción de actividades de ocio y de tiempo libre para niños y jóvenes.

2. FINALIDAD

Se convoca la concesión de subvenciones para la promoción de actividades de ocio y ocupación del tiempo libre para niños y jóvenes durante el periodo de octubre del 2014 a septiembre del 2015.             

Las subvenciones serán destinadas a la realización de actividades de ocio y tiempo libre para niños y jóvenes, dedicadas al fomento de música, danza, teatro, artes gráficas, deportes y otras actividades relacionadas con la promoción o difusión del ocio, el deporte y el tiempo libre.

3. DESTINATARIOS

Podrán solicitar estas subvenciones las entidades o asociaciones locales constituidas y así inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Inca, que contemplen en sus Estatutos la práctica de actividades de tiempo libre para niños y jóvenes y que reúnan los requisitos siguientes:

- Estar en posesión, si procede, del permiso del Gobierno balear para realizar la actividad.    

- Presentar, como mínimo, un monitor de actividad para cada 10 niños o jóvenes participantes.

- Contar, como mínimo, con un 50% de los monitores y responsables de la entidad titulados y/o realizar al menos una actividad de tiempo libre mensual  

- Garantizar la legalidad y seguridad en la realización de todas las actividades objeto de subvención (permisos,seguros,etc.). 

- No tener pendiente de justificar ninguna subvención municipal, concedida en el ejercicio anterior.     

- Encontrarse al cabo de la calle del cumplimiento de las obligaciones tributarías y con la Seguridad Social.

4. CUANTÍA  DESTINADA I REPARTO

1. En el presupuesto del Ayuntamiento de Inca para el año 2015, el crédito destinado a dar cobertura a la presente convocatoria en la partida 339.489 asciende a la cantidad de seis mil euros (6.000,-€).

2. Las subvenciones serán estudiadas y valoradas porque posteriormente se eleve la propuesta de subvención a la Junta de Gobierno para su aprobación, y seguirán los criterios que se señalan a continuación:

- Base: 4 € por participando

- Monitores titulados: 5 € por día    

- Monitores no titulados: 3 € por día

La cantidad de la subvención que se otorgará a cada entidad solicitante será el resultado de aplicar los criterios arriba mencionados. Si, atendiendo al número de solicitudes y a las cantidades resultantes, la partida destinada por el Ayuntamiento de Inca no resultara suficiente, entonces la cantidad que recibirá cada entidad solicitado se adecuará de manera proporcional al número de solicitudes y al dicho partido municipal.  

La obtención concurrente de subvenciones otras administraciones públicas o privadas en ningún caso no podrá ser de una cuantía que supere el coste de la actividad. Este supuesto dará lugar a una modificación de la resolución de concesión.

En el plazo de quince días, un golpe expirado el plazo de presentación de solicitudes, serán resueltas por la Junta de Gobierno y la falta de notificación de la resolución producirá efectos desestimatorios, y contra la desestimación expresa o presunta podrán formularse los recursos pertinentes.

5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

- Proyecte detallado de las actividades que han hecho durante el periodo 2014/2015.

- Ficha sobre los datos de la entidad según modelo que consta como anexo II de las presentes bases, debidamente rellenada. 

- Copia de las titulaciones de todos los monitores y de los correspondientes responsables.   

- Certificado del secretario de la entidad del número de monitores (titulados, en prácticas no titulados). 

- Declaración de las subvenciones y ayudas destinadas a la misma finalidad para la cual se solicita, con indicación de las efectivamente concedidas y su cuantía, en caso contrario declaración negativa.

- Acreditación de encontrarse al cabo de la calle del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaría del Estado, Comunidad Autónoma y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por el representante de la entidad.

6. CALENDARIO Y PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES

Para presentar las solicitudes conforme a las presentes bases se regirá con el calendario y canal de tramitación siguiente, y se estipula el periodo de presentación de solicitudes

- PERIODO  DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 10 días a partir de la publicación de la aprobación definitiva de las bases.

- PERIODO DE ENMIENDA DE ERRORES -Por carencia de documentación habrá un periodo de 3 días para enmendar erradas

- PUBLICACIÓN DE LISTAS DEFINITIVAS se publicarán en la página web del Ayuntamiento http://incaciutat.com/administracio-municipal.

Las entidades y las asociaciones locales interesadas que quieran solicitar la ayuda económica que se estipula en las presentes bases, tendrán que presentar la solicitud conjuntamente con la documentación requerida mediante el siguiente canal, atendiendo que, en todos los casos se tendrá que entregar dentro de los términos establecidos:

TRAMITACIÓN PRESENCIAL AYUNTAMIENTO DE INCA       

Registro de entrada

Plaza España, 1    

Horario; De lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 horas.

Sábado de las 8 h a las 13 horas.

TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA MEDIANTE CORREO POSTAL

Oficinas de correos 

En el supuesto de que la solicitud se envíe mediante tramitación administrativa por correo postal, es conveniente ponerse en contacto previo en el 971.50.71.23 y pasar copia escaneada por e-mail. 

Toda la documentación se tendrá que presentar a la oficina de correos dentro de sobre abierto, para que esta oficina date y selle el ejemplar destinado al Ayuntamiento de Inca.

PERIODO DE ENMIENDA DE ERRORES POR CARENCIA DE DOCUMENTACIÓN 

En un plazo de tres (3) días, una vez acabado el plazo de presentación de solicitudes, la concejalía de Juventud publicará la lista provisional de admitidos y excluidos por carencia de documentación. 

Los solicitantes excluidos dispondrán de un plazo de tres (3) días a contar desde el primer día de publicación para hacer entrega de la documentación requerida, la cual se podrá presentar siempre antes de las 14.00 h del último día estipulado por el siguiente canal:

- Al Registro General del Ayuntamiento de Inca.

En caso de no presentar la documentación requerida, el aspirante quedará excluido.

RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA       

La resolución de la convocatoria con las entidades o asociaciones beneficiarios y el importe de la subvención concedida, se expondrán al tablero de los Casal de Jóvenes de Inca y la página WEB del Ayuntamiento de Inca. 

ACCESO  A LOS MODELOS Y SOLICITUDES

El modelo de solicitud, las presentes bases y toda la información complementaria se podrá encontrar en el siguientes lugares:

1- Casal de Jóvenes de Inca

Avda. de Rebrote, 299

Telf. 971.50.71.23 

dentro del horario de atención al público. 

2- Al web municipal al apartado del área de Juventud http://incaciutat.com/administracio-municipal

Toda la información en lo referente a las siguientes bases se hará pública de forma simultánea al tablero del Casal de Jóvenes de Inca y a la página web municipal.

Para cualquier consulta o revisión previa de las solicitudes os podéis poner en contacto con la funcionaría responsable del Área de Juventud   de Inca.

7. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Las entidades subvencionadas tendrán que presentar al Registro de Entrada del Ayuntamiento la siguiente documentación:

1. Documento acreditativo del cumplimiento de la finalidad para la cual se concede la subvención, con la presentación de una memoria. 

2. Relación de los gastos e ingresos para su financiación. Hay que presentar la documentación justificada de los gastos realizados, a través de facturas o documentos de valor probatorio equivalente, que tendrán que ser originales o copia cotejada

3. Relación de las actividades efectivamente realizadas.

Además, estarán obligadas a:

- Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento, como también a las de control financiero que corresponden a la Intervención Municipal.

- Comunicar en el Ayuntamiento la concesión otras subvenciones por parte otras administraciones públicas o entidades privadas para la misma finalidad.

- Señalar en todo tipo de publicidad que la actividad cuenta con la colaboración del Servicio de Juventud del Ayuntamiento de Inca.

- Asumir todas las responsabilidades legales y gastos de las actividades que se realizan.

 

8. JUSTIFICACIÓN I PAGO

La justificación se hará con la presentación en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de la documentación justificativa de los gastos realizados, y se hará mediante la presentación de la siguiente documentación:       

- Facturas, recibos o documentos justificativos de los gastos (originales o fotocopias autenticadas), los cuales tendrán que reunir los requisitos legales exigidos por los reglamentos del IVA y facturas, como también los exigidos de la finalidad de la subvención mediante la realización de las actividades para las cuales fue concedida.

- Relación detallada de las subvenciones o ayudas obtenidas otras administraciones públicas o privadas para la misma finalidad.

- Declaración responsable del beneficiario que acredite que las facturas que se presentan como justificantes han sido aplicadas a la actividad subvencionada.

- Memoria detallada de la actividad realizada en conformidad con el proyecto presentado y balance de ingresos y de gastos realizados con motivo de la actividad.

- Un ejemplar de toda la documentación impresa generada por la actividad.

Vista la documentación justificativa presentada, la Intervención fiscalizará el cumplimiento de la subvención y propondrá el pago.

En todo aquello no previsto en las presentes bases, se aplicarán las de ejecución del presupuesto general del Ayuntamiento de Inca correspondiente al ejercicio 2015.

  

ANEXO I
SUBVENCIONES DESTINADAS A PROMOVER ACTIVIDADESDE OCIO INFANTIL Y JUVENIL 2014/2015

1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE

1.1. Datos  de la entitad

Nombre  de la entitad

CIF

Teléfono

Domicilio

Municipio

CP

DATOS  BANCARIOS DE LA ASOCIACIÓN/ENTITAD

Banco

Oficina

Num. de cuenta

1.2. Datos del representante

Nombre y apellidos

NIF

Calle

Domicilio

Municipio

CP

2. SUBVENCIÓN SOLICITADA

2.1. Importe  total de la subvención solicitada: _________________________ EUROS

2.2. Programas para  los que se solicita:

2.2.1.  _______________________________________________

_____________________________________________________

_____________________________________________________

_____________________________________________________

2.3. Aportación  de la entidad  solicitante: ____________________________________________________

_______________________________________________________________________________________

2.4. otras aportaciones:

3. ADJUNTO LA DOCUMENTACIÓN SIGUIENTE REQUERIDA EN LA CONVOCATORIA:

ANEXO  II
SUBVENCIONES DESTINADAS A PROMOVER  ACTIVIDADES DE OCIO  INFANTIL I JUVENIL 2014/2015

FICHA ENTIDAD

Nombre de la entidad:

CIF:

Dirección:

Teléfono:

Nombre del responsable:

Teléfono:

Objetivos:

Servicios y actividades que ofrecen:

Funcionamiento, días y horario:

Edad:

Numero  de plazas (por edad):

Numero  total de inscripciones  durante el curso  2014/2015:

Cuota:

Personal:

Total de monitores:

Nombre de titulados:

Total de directores:

Nombre de titulados:

Otro  personal:

Equipamiento, local e infraestructura:

 

Innca  21  de setiembre de 2015

El Alcalde-Presidente,
Virgilio Moreno Sarrio