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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 14395
Procedimiento ordinario 168/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000168 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª HUANG YUNKAI contra la empresa CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURAS TRAGOR SL, CONTRATAS Y OBRAS EMPRESA CONSTRUCTORA SA , FOGASA FOGASA , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

S E N T E N C I A nº 352/2015

En Palma de Mallorca, a 14 de septiembre de 2015.

Visto por mí, María Fernanda De Andrés Pardo, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Social número tres de Palma de Mallorca, el presente juicio ordinario seguido a instancia de D. Huang Yunkai, defendido por el abogado D. Francisco Parets Coll, frente a “ Construcciones y Estructuras Tragor S.L” y “ Contratas y Obras Empresa Constructora S.A” no comparecida, con citación del FOGASA, sobre reclamación de cantidad, y en atención a los siguientes

F A L L O

Que, estimando la demanda de D. Huang Yunkai, frente a “ Construcciones y Estructuras Tragor S.L” y “ Contratas y Obras Empresa Constructora S.A”, condeno a la primera de ellas a que abone al actor la cantidad de 5.287,37 €, más los intereses que la misma devengue al tipo del 10% y condeno a“ Contratas y Obras Empresa Constructora S.A” a responder solidariamente con la anterior hasta el límite de la deuda salarial (4.822 €)mas sus intereses al tipo del 10%.

 Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 190 y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO-00308650, en la cuenta de este Juzgado, Cta. 04660000680168/13 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 € en la cuenta Nº 04660000650168/13, del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURAS TRAGOR SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Septiembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL