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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 14633
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 23 de septiembre de 2015 por la cual se deniegan ayudas para transporte y/o becas para personas con discapacidad y ayudas a la conciliación dirigidas prioritariamente a trabajadores desocupadas de la convocatoria de 22 de octubre de 2014

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Texto

Hechos

1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida prioritariamente a trabajadores desocupados, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del SOIB de 22 de octubre de 2014 (BOIB núm. 147, de 25 de octubre).

2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1. El Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) fue creado mediante la Ley 7/2000, de 15 de junio (BOIB nº. 80, de 29 de junio), modificada por la Ley 8/2004, de 23 de diciembre (BOIB nº. 186, de 30 de diciembre), y para la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2010 (BOIB nº. 189, de 29 de diciembre). La finalidad del SOIB es planificar, gestionar y coordinar las políticas de ocupación, con funciones concretas de informar, orientar e interceder en el mercado laboral, así como de fomentar la ocupación en todas las vertientes y de desarrollar la formación profesional para la ocupación.

2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 9.4 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprovación de los estatutos  del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 77, de 23 de mayo),  es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.

5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).

6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).

7-Mediante la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 22 de octubre de 2014 (BOIB núm.147, de 25 de octubre), se convocan subvenciones para cursos dirigidos prioritariamente a trabajadores desocupados y también se convocan los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, y/o solicitudes de becas cuando se trate de personas desocupadas con discapacidad y de ayudas a la conciliación. En el apartado 7 del anexo II se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas, de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento y de ayudas a la conciliación. En el apartado 8 del mismo anexo se dispone que la resolución de concesión y denegación se tiene que publicar en el BOIB y en el tablero de edictos del SOIB.

8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

9. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas  Baleares para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de les Islas  Baleares, y lo  define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obra, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo. De acuerdo  con  el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas  Baleares, las competencias en materia de trabajo están atribuidas  a la actual consejería deTrabajo, Comercio e Industria.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, y/o de ayudas a la conciliación para trabajadores desocupados en el marco de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del SOIB de 22 de octubre de 2013 (BOIB núm. 147, de 25 de octubre), a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero  de Trabajo, Comercio e  Industria   y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 23 de septiembre de 2015

El Director del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares

Por delegación de firma ( Resolución de 4 de septiembre de 2015)

La jefa de Departamento de Asuntos Generales

Marta Sureda Mora

 

 

ANEXO I
BECAS DE TRANSPORTE DENEGADAS

DNI/NIE

SOLICITANTE

CURSO

MOTIVO

49483122W

CORONDI FORONDA DEYMAR

1167/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

78320384W

LOPEZ MARTI EDUARDO

1228/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41583441Q

SANCHEZ SANCHEZ NAIARA GUADALUPE

1556/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

X8409181J

NAYDEN MILKOV ENEV

1580/14 1581/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43468508A

BEATRIZ TORRES MOLINA

1592/14

BAJA DEL CURSO

41540118W

CATALINA AINA FORNES ARTIGUES

1592/14

BAJA DEL CURSO

41572638T

COLL GAYA NOEMI

1777/14 1778/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

78218816W

PEREZ MATEO PATRICIA

1797/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43230883Z

PINO BURGUERA CELIA

1802/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41583535H

PEREZ MUÑOZ CRISTIAN

1579/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

71281299K

DIAZ VILLAMERIEL JORGE

2045/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43477056H

MUÑOZ DUQUE ALBA PATRICIA

2134/14

BAJA DEL CURSO

43100596E

GONZALEZ GALINDO JUAN CARLOS

2137/14

BAJA DEL CURSO

74346208L

SOLANA ALCOLEA ROSA

2161/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43104468F

BORRALLO RUIZ RAUL

2191/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

X9251964F

CHELLEW GALVEZ FRANCISCO MATÍAS

2252/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y0002472W

VILLAREAL RODRIGUEZ KENEDY

2262/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43136693D

SERVERA GIL MARIA

2374/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

X9925986Z

NACHEVA ATASANOVA NELI ILIEVA

2422/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43230883Z

PINO BURGUERA CELIA

1803/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO