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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 14605
Delegación de la presidencia y secretaria de la comisión informativa de cultura, educación y juventud

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Texto

Por resolución de Alcaldía de día 25/09/15, el Sr. Alcalde acordó:

DELEGACIÓN DE LAS PRESIDENCIAS DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Y NOMBRAMIENTO DE LOS SECRETARIOS

Este Ayuntamiento, mediante acuerdo plenario adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 3 de julio de este año, en cumplimiento del que dispone el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, procedió a la creación y determinación de la composición de las Comisiones Informativas que, con carácter permanente o específico, tendrán que conformar su organización complementaria, a la vista de la nueva composición política de la Corporación derivada de los resultados electorales producidos de las Elecciones Locales de día 24 de mayo de 2015.

Dado que en conformidad con el que dispone el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el arte. 76 de la Ley municipal y de régimen local de las Islas Baleares que regula los grupos políticos municipales, que todos los Grupos Políticos Municipales tienen derecho a participar, mediante la presencia de Regidores perteneciente a estos, en los órganos complementarios del Ayuntamiento que tengan por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que tengan que ser sometidos a la decisión del Pleno o a los órganos que actúen por su delegación, y el seguimiento de la gestión del Alcalde, de la Junta de Gobierno Local y los Regidores que ostentan delegaciones.

Dado que en conformidad con el que disponen los artículos 125.a) del Reglamento Orgánico Municipal, esta Alcaldía es competente, en su calidad de Presidente nato de todos los órganos colegiados complementarios de esta Corporación, para designar los miembros de esta que tienen que asumir la presidencia de las Comisiones Informativas, en virtud de la correspondiente delegación, así como para adscribir los diferentes Vocales representantes de los Grupos Políticos Municipales, un golpe designados por el Grupo correspondiente.

Vista la propuesta de nombramiento de Secretarios de las Comisiones informativas del Secretario municipal.

Por todo esto, y habiéndose producido en el seno de las Comisiones Informativas la elección de los miembros corporativos, esta Alcaldía,

RESUELVE:

PRIMERO.- Delegar la presidencia de la Comisión Informativa de carácter permanente que a continuación se relaciona la Regidora siguiente:

  • La Comisión Informativa de Cultura, Educación y Juventud:

 - Presidenta: Sra. Begoña Mercadal Jiménez

SEGUNDO.- Nombrar como secretario de la Comisión informativa de carácter permanente que a continuación se relaciona, por delegación del Secretario municipal, la persona siguiente:

  • La Comisión Informativa de Cultura, Educación y Juventud:

- Secretaria: La Sra. Margarita Saura Bennasar.

TERCERO.- La delegación que se efectúa a favor de los Regidores en relación con la Presidencia de las mencionadas Comisiones Informativas, en conformidad con el que dispone el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/86, de 28 de noviembre, tendrá efectos desde el día siguiente a la fecha de la presenta resolución, y será de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de advocación de esta Alcaldía.

QUART.- Comunicar la resolución a los Regidores afectados por esta, entendiéndose aceptada la competencia delegada relativa a la Presidencia de las Comisiones Informativas de forma tácita, si dentro del plazo de las veinticuatro horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación, así como a las Cabezas de los diferentes Servicios Municipales para su conocimiento y efectos.

QUINTO.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que se celebre, y publicar el texto al *BOIB, en cumplimiento del que dispone el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en concordancia con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/86, de 28 de noviembre.

 

Es Castell, 25 de septiembre de 2015

El Alcalde
José Luis Camps Pons