Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 14441
Procedimiento Ordinario 151/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000151/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª FRANCISCA MARGARITA BERBER VILA contra la empresa LILIANA HERNANDEZ ZERMEÑO, ALEJANDRO KRAKHMALOFF JIMENEZ, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N° 138

En la ciudad de Palma de Mallorca a  veinte de abril de dos mil quince.

VISTO  por mi  D. Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social  Número Cuatro de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia de Dña. Francisca Margarita Berber Vila asistida por la Letrada Dña. Margarita Pomar Roig contra Dña. Liliana Hernández  Zermeño y D. Alejandro Krakhmaloff Jiménez  sobre reclamación de cantidad.

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por Dña. Francisca Margarita Berber Vila contra Dña. Liliana Hernández  Zermeño y D. Alejandro Krakhmaloff Jiménez en materia de reclamación de cantidad condenando a la empresaria Dña. Liliana Hernández  Zermeño a pagar a la trabajadora demandante la cantidad de 720,06 €, incrementada en el recargo por mora establecido en el art. 29.3 ET  y extendiendo la condena al pago del interés establecido en el Art. 576 LEC que se devengará desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago.

Todo ello absolviendo al codemandado D. Alejandro Krakhmaloff Jiménez de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda.

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley  Reguladora de la Jurisdicción Social, no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a LILIANA HERNANDEZ ZERMEÑO, ALEJANDRO KRAKHMALOFF JIMENEZ, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a catorce de Septiembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL