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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE MANACOR

Núm. 2204
Procedimiento ordinario 771/2013 sobre otras materias

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Texto

Dª. EMILIANA PEREZ GARCIA, Secretaria Judicial, del JDO. IA. INSTANCIA N. 5 de MANACOR, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento ORDINARIO seguido a instancia de FRANCISCA LOPEZ DE LA ROSA, JUAN CALDENTEY RIERA frente a BARTOLOME SUREDA BENNASAR Se ha dictado Sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ESTIMO la demanda formulada por FRANCISCA LÓPEZ DE LA ROSA y JUAN CALDENTEY RIERA contra BARTOLOMÉ SUREDA BENNASAR, declarando resuelto el contrato privado de compraventa celebrado entre las partes, el 18 de mayo de 2007; declarando que en concepto de daños y perjuicios el demandado perderá las cantidades ya abonadas en virtud de ese contrato; declarando la obligación del demandado de restituir al Sr. Caldentey la posesión de la finca registral 11.614, inscrita al Tomo 2.673, Libro 233, Folio 90, del Registro de la Propiedad de Petra; declarando la obligación del demandado de indemnizar a los demandantes en OCHO MIL EUROS (8.000€) por la finca 28.406, inscrita al Tomo 5.273, Libro 1.391, Folio 46, del Registro de la Propiedad de Manacor; y condenado al demandado a estar y pasar por tales declaraciones.

Las costas de este procedimiento se imponen al demandado.

NOTIFÍQUESE a las partes esta resolución, haciéndoles saber que no es firme y que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de 20 días, contados desde el siguiente al de su notificación. Asimismo, apercíbaseles que, de conformidad con la disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, no se admitirá a trámite dicho recurso sin la previa constitución de un depósito de cincuenta euros (50€) en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, número 5132 0000 04 0771 13 del Banco Santander, haciendo constar como concepto el código 02, salvo que el recurrente fuera el Ministerio Fiscal o beneficiario de la asistencia jurídica gratuita.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, BARTOLOME SUREDA BENNASAR, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

MANACOR a veintiuno de Enero de dos mil quince.

LA SECRETARIA JUDICIAL