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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 14549
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre la línea soterrada Baja Tensión, Media Tensión y nuevo Centro de Transformación “Sant Llorenç de Llevant”, Alaior. (150A/14)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 37 de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 17 de septiembre de 2015,

“CONSIDERANDO

1.Que el objeto del proyecto es dotar de suministro eléctrico a dos edificios del polígono 18 parcela 1 del TM de Alaior con la ejecución de una línea de MT 15 KV de 580 m, un nuevo Centro de Transformación y una línea BT de 10 m que alimentará al armario de distribución de BT situado en el límite de la parcela, junto con el contador eléctrico.

2.Que el trazado de la líneas se realizará en subterráneo por camino existente excepto un tramo de 18 m de MT que pasa por una parcela de uso agrario que actualmente se aprovecha como pasto arbustivo.

3.Que el proyecto discurre por suelo rústico protegido con la calificación de ANEI y ANIT(Área Natural de Interés Territorial).

4.Que además, la zona de ubicación de los proyectos está afectada por APR de contaminación de acuíferos moderada y parte del recorrido se encuentra afectado por el espacio de Red Natura 2000 (LIC y ZEPA) llamado “Des Canutells a Llucalari”.

5.Que se describen y valoran los impactos, tanto en fase de instalación cómo de funcionamiento

6.Que las zanjas se hacen por caminos existentes, no se realizan nuevos accesos y no hay impacto directo sobre la vegetación ni se afecta a especies protegidas o de especial relevancia.

7.Que se proponen una serie de medidas correctoras para minimizar los impactos durante la fase de construcción y de funcionamiento, así como un Plan de Vigilancia Ambiental de seguimiento y control

8.Que el Consejo Insular de Menorca realizó la Información pública publicándose al BOIB núm. 31 de día 3 de marzo de 2015 y en Es Diari de Menorca de día 4 de marzo de 2015, sin que se hayan presentado alegaciones.

9.Que la Dirección general de Industria y Energía informó favorablemente y el Servicio de Estudios y Planificación de la Dirección general de Recursos Hídricos informan favorablemente con condiciones

10.Que el Servicio de Planificación de la Dirección general de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático informó favorablemente sobre la exclusión de afectación a la Red Natura 2000 con condiciones

11.Que se presentan analizados los impactos y se ha podido constatar que el EIA incluye los criterios establecidos en el artículo 27 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre

ACUERDA

informar, en base a los criterios establecidos en los artículos 27 y siguientes de la Ley 11/2006, FAVORABLEMENTE el PROYECTO de ELECTRIFICACIÓN DE LA FINCA SANT LLORENÇ DE LLEVANT PARCELA 1 DEL POLIGON 18. T.M. ALAIOR, con las medidas correctoras y protectoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental, siempre y cuando se cumplan los siguientes condicionantes:

1.Se tienen que planificar las actividades para minimizar el uso de maquinaria pesada, del transporte y de las operaciones de carga y descarga del material, etc. utilizando maquinaria adecuada y adecuada para evitar la afección a la vegetación.

2.Se evitará invadir las zonas vegetadas para realizar acopes de material o vehículos o para gestionar los residuos

3.Se realizará un correcto desmantelamiento de las instalaciones temporales que hayan, limpieza del terreno y el acondicionamiento de las superficies afectadas, una vez acabadas las obras

4.Se realizará una correcta gestión de residuos de construcción y demolición tal como establece el Plano Director Sectorial para la Gestión de Residuos de residuos no peligrosos de Menorca. (artículo 28-31), en la Orden de la Consejera de Medio ambiente, de 28 de febrero de 2000, de medidas transitorias para la autorización de instalaciones de valorización y eliminación de residuos de construcción y demolición y en el Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (artículos 4 y 5).

5.De acuerdo con el informe del Servicio de Planificación de la Dirección general de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático se hará una visualización del terreno cada día , antes de empezar las obras y se retirará del terreno los miembros de la especie Testudo hermanii (tortuga mediterránea) presentes, en caso de encontrarse, para que no pueda acercarse al área de ejecución del proyecto durante la fase de construcción. En ningún caso se pondrán en caminos o cerca de estos. En caso de duda o de encontrarse individuos heridos, se tendrán que poner en contacto con el Servicio de Protección de Especies de la Consejería de Agricultura, Educación Ambiental y Cambio climático, teléfono 971/784956.

6.De acuerdo con el informe del Servicio de Estudios y Planificación de la Dirección general de Recursos Hídricos :

a)Las nuevas líneas eléctricas se soterraran mediante la excavación de zanjas, que tendrán que permanecer el mínimo tiempo posible.

b)Durante el tiempo que duren las obras se tendrán que tomar las máximas precauciones para evitar vertidos de sustancias contaminantes (aceites, hidrocarburos, etc) tanto de manera accidental como los trabajos de mantenimiento de la maquinaria que se emplee para la ejecución de la obra.

Se recuerda que el órgano sustantivo tendrá que verificar la legalidad de las viviendas.

Este acuerdo se emite sin perjuicio de las cuestiones urbanísticas y territoriales que son competencia de otras administraciones publicas.”

Palma, 21 de septiembre de 2015

El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias