Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 14208
Juicio de Faltas 784/2014
D/D.ª MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Secretario de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.
POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO DE FALTAS 784/2014 ha recaído Sentencia, del tenor literal:
S E N T E N C I A Nº 25
En PALMA DE MALLORCA a diecinueve de Enero de dos mil quince.
D./Dña. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Instrucción número Ocho de los de esta Ciudad, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 0000784 /2014, seguida por una falta de FALTA DE HURTO a instancia de denuncia suscrita por NBATALIE MICHAEL contra BOULKHERE DIENG habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal representado por Dª Concepción Gómez quién ejercitó la acción pública y,
F A L L O
QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO libremente a BOULKHERE DIENG de las presentes actuaciones penales, con declaración de las costas de oficio.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste, Y SIRVA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA A NATALIE MICHAEL Y BOULKHERE DIENG extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a cuatro de Septiembre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL