Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 14493
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 16 de septiembre de 2015 por la cual se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, PO núm. 224/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

El Sindicato STEI ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo, PO núm. 224/2015 que se sigue ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears contra; el Decreto 34/2015, de 15 de mayo, por el cual se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears, el Decreto 35/2015, de 15 de mayo, por el cual se establece el currículo del bachillerato en las Illes Balears, la Orden de la Consejera de Educación y Universidad de 20 de mayo por la que se desarrolla el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears y la Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Universidad de 20 de mayo por la que se desarrolla el currículo del bachillerato en las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Por ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Citar a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario núm. 224/2015, que se sigue ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears con el fin de que sirva como emplazamiento a las personas interesadas para que se puedan personar como demandadas ante este Tribunal en el plazo de nueve días desde la fecha de publicación de esta Resolución.

2. Comunicar a las personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el procedimiento y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacerles notificación alguna.

    

Palma, 16 de septiembre de 2015 

      

El director general de Planificación,Ordenación y Centros

Antonio Morante Milla