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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 14457
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino de 21 de septiembre de 2015, por la que se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina del Norte de Menorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por la cual se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina o las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Islas Baleares señala en su artículo 3 que cada dos años se publicará un censo revisado de embarcaciones profesionales autorizadas en cada reserva. En el censo de la reserva marina del Norte de Menorca se podrán inscribir las embarcaciones adscritas a las cofradías de pescadores de Ciutadella y Fornells, con puerto base en Ciutadella y Fornells y aquellas con puerto base a menos de 24 millas que puedan demostrar habitualidad en la pesca en la zona en el periodo de cinco años inmediatamente anterior. La inclusión en el censo y la presentación regular de datos de capturas son los únicos requisitos para poder pescar dentro de la reserva.

Por lo tanto, estudiados los registros de actividad en la reserva marina del Norte de Menorca la Isla del Toro y haciendo uso de las facultades que se me han conferido, dicto la siguiente,

RESOLUCIÓN

Primero

Se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina de la Isla del Norte de Menorca, que estará formado por las siguientes embarcaciones:

Embarcación

Matrícula

Folio

Puerto base

ANA ELISA

3ª MH-1

501

CIUTADELLA

ADAN Y EVA II

3ª PM-1

1982

CIUTADELLA

ANGEL Y ANDRES

3ª MH-2

158

CIUTADELLA

CARMEN

3ª MH-2

183

CIUTADELLA

CURNIOLA

3ª MH-2

179

CIUTADELLA

DAYMA

3ª MH-2

188

CIUTADELLA

DORITA

3ª MH-2

150

CIUTADELLA

EMBAT

3ª MH-2

1-11

CIUTADELLA

IBIS TERCERO

3ª MH-2

168

CIUTADELLA

GOÑALONS UNO

3ª MH-2

1-99

CIUTADELLA

JUANITA

3ª MH-2

140

CIUTADELLA

LOS ANGELES

3ª MH-2

146

CIUTADELLA

MARI CARMEN

3ª MH-2

185

CIUTADELLA

MERCEDES

3ª MH-2

159

CIUTADELLA

PAPILLÓN SEGUNDO

3ª MH-2

1-97

CIUTADELLA

ROSARIO

3ª MH-1

515

CIUTADELLA

SA LLAGOSTERA

3ª PM-1

1759

CIUTADELLA

SANTA CATALINA

3ª MH-2

184

CIUTADELLA

SANTA ESPERANZA

3ª MH-2

151

CIUTADELLA

SOL NAIXENT

3ª MH-2

181

CIUTADELLA

ANA

3ª VA-2

462

FORNELLS

BALDRITXA

3ª MH-1

511

FORNELLS

CALÓ D'EN FUST II

3ª MH-1

456

FORNELLS

CARLOS DOS

3ª MH-1

430

FORNELLS

MAR TONI

3ª PM-4

337

FORNELLS

MARIA AUXILIADORA

3ª MH-1

431

FORNELLS

MIGJORN

3ª BA-2

3961

FORNELLS

NAN I FRANCESC

3ª MH-1

498

FORNELLS

OSCAR

3ª MH-1

500

FORNELLS

PENYAL BLANC

3ª PM-1

1-91

FORNELLS

SA LLAGOSTA

3ª MH-1

502

FORNELLS

SA NITJA UN

3ª MH-1

1-99

FORNELLS

TATO

3ª MH-2

152

FORNELLS

Segundo

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Tercero

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Hble. Sr. Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

 

Palma, 21 de septiembre de 2015

  

El Director General de Pesca y Medio Marino

 Juan Mercant Terrassa