Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 14410
Departamento de Personal.Servei de Selección y Provisión. Convocatoria por el sistema de libre designación en comisión de servicios del puesto de trabajo de Jefe de la Policía Local
En fecha 16 de septiembre de 2015, la Regidora del Àrea de Función Pública y Gobierno Interior, ha adoptado la seguiente Resolución per Decreto núm. 16057:
DECRETO
Convocar por el sistema de LIBRE DESIGNACIÓN en comisión de servicios, el puesto de trabajo que se relaciona a continuación, la cobertura provisional del cual es urgente e inaplazable, de acuerdo con las determinaciones y entre el personal que reúna los requisitos que se indican a continuación:
Puesto de trabajo.
1-. JEFE DE LA POLICÍA LOCAL
CÓDIGO: F40000002
NÚMERO DE PUESTOS A CUBRIR: 1
ES/SUB/CLASE:
Todos los Cuerpos, Escalas y Subescalas de los grupos a los cuales está adscrito, excepto docentes y sanitarios.
FUNCIONARIOS/FUNCIONARIAS QUE PUEDEN TOMAR PARTE:
- Funcionario/aria de carrera de la máxima categoría de la plantilla del cuerpo de policía del ayuntamiento de Palma ( Comisario/aria ).
- Funcionario/aria de carrera en servicio activo del cuerpo de policía de otros ayuntamientos o de otros cuerpos o fuerzas de seguridad de una categoría igual o superior.
Duración.
La comisión de servicios tiene carácter temporal y finalizará en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Cuando el puesto de trabajo se provea en forma definitiva.
b) En el plazo máximo de un año. Sin embargo, y en el caso de no haber tenido lugar la provisión definitiva en este plazo y si no consta informe del órgano competente en contra, se podrá prorrogar por otro año.
c) Cuando cesen las razones de urgencia y necesidad inaplazable que la motivaron.
d) En caso de supresión o amortización del puesto de trabajo.
La limitación temporal prevista en el apartado b) no será aplicable a las comisiones de servicios en puestos de trabajo reservados a personal en situación de servicios especiales o en cualquier otra situación administrativa que comporte la reserva del puesto de trabajo.
Publicidad.
Esta convocatoria se publicará en la intranet del Ayuntamiento. Además, en el supuesto de que el puesto de trabajo sea susceptible de ser ocupado por personal de otras administraciones públicas diferentes a este Ayuntamiento, se publicará en la página web http://www.palma.es y en el BOIB.
Requisitos de los aspirantes.
Para poder participar en esta convocatoria, el personal interesado debe reunir la condición de funcionario o funcionaria de carrera en activo en alguna de las administraciones públicas a qué, en cada caso, el puesto de trabajo se encuentre abierto; y además el resto de requisitos de ocupación que, para cada puesto de trabajo convocado, prevea la Relación de Puestos de trabajo de este Ayuntamiento, y que se han indicado en la presente convocatoria.
Las personas en situación de comisión de servicios tendrán derecho a la reserva de su puesto de trabajo de procedencia y percibirán las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado.
Solicitudes y plazo de presentación.
Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes para tomar parte en esta convocatoria en el Registro General de este Ayuntamiento. Asimismo adjuntarán su currículum con la relación de sus méritos profesionales y académicos; la administración podrá en cualquier momento exigir o comprobar la acreditación de los méritos alegados. Todo ello sin perjuicio de hacerlo en cualquiera de las formas previstas en el art.. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al que se publique la convocatoria en el BOIB.
Resolución y publicación.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Personal dictará resolución con indicación de las personas seleccionadas de acuerdo con el informe emitido por el órgano al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado, sin perjuicio de que pueda declararse deserta si ninguno de los aspirantes reúne la idoneidad adecuada para su ocupación. Esta resolución se publicará asimismo en la intranet municipal, y en la página web mencionada, si es el caso.
Notificada la resolución a la persona interesada, si esta renuncia, se podrá proponer por el órgano competente un nuevo candidato de entre los aspirantes.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 16 de septiembre de 2015
El Coordinador del Registro de Personal e Informática
Joan Miquel Escalas Vidal