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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 14295
Definitivo el Acuerdo plenario de fecha 6 de agosto de 2015 del Ayuntamiento de Alaior sobre el expediente de modificación de créditos nº 14/2015 SUPL del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales

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Texto

Exp.781/2015 Modificación del crédito para la aplicación del superávit presupuestario del ejercicio 2014

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 6 de agosto de 2015 del Ayuntamiento de Alaior sobre el expediente de modificación de créditos nº 14/2015 SUPL del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace

Org.

Pro.

Eco.

Descripción

Suplemento

2

1650

6190080

Alumbrado público  La Argentina

30.000,00

2

1650

6190090

Soterramiento cableado Av. Central C. Porter

141.000,00

2

1650

6190100

Mejora alumbrado público Alaior

30.000,00

2

1600

6190110

Pluviales calle Llebeig C. Porter

140.000,00

2

1532

6190120

Mejora y asfaltado Vias públicas  Sant Jaume

100.000,00

2

1532

6190130

Mejora y asfaltado Vias públicas  C. Porter

100.000,00

2

1710

6190140

Mejora de parques

60.000,00

2

4910

6290010

Proyecto nuevo cableado Fibra óptica Ayto.

47.000,00

2

1532

6190150

Mejora asfalto vías públicas  Alaior

40.000,00

2

1532

6190060

Asfaltados calles y caminos

186.000,00

2

1534

6190040

Aceras C.Porter

50.000,00

TOTAL

924.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

El acuerdo del Pleno puede ser descargado en la sede alaior.sedelectronica.es, enganchando en la casilla “validar documento” el código de validación 3FJFW6XEDD5QEFK7ADZ7RZYME

                 

En Alaior, a 17 de septiembre de 2015

Alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys