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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 14086
Aprobación inicial modificación puntual nº 5 de las NNSS de planeamiento relativa al Equipamiento municipal diverso sede del Ayuntamiento
Aprobación inicial Modificación puntual nº 5 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento relativa al Equipamiento Municipal Diverso sede del Ayuntamiento, consistente en la ordenación conjunta de los tres edificios que forman este Equipamiento, los cuales están situados: en el nº 9 de la calle Mayor, en el nº 3 y nº 3-A de la Plazoleta de las Verduras y, en la planta piso 1ª del edificio situado en el nº 4 de la Calle de la Cisterna.
El Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión de carácter ordinaria el pasado día 7 de Septiembre de 2.015, acordó aprobar inicialmente el expediente de la Modificación puntual nº 5 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal (redactada en Agosto de 2.015 por los Servicios Técnicos Municipales y, Documento Ambiental Estratégico redactado por la entidad Olivar Gestió i Medi, S.L.) relativa al Equipamiento Municipal Diverso sede del Ayuntamiento. Esta modificación consiste en la ordenación conjunta de los tres edificios que forman este Equipamiento, los cuales están situados: en el nº 9 de la Calle Mayor, nº 3 y nº 3-A de la Plazoleta de las Verduras y, en la planta piso 1ª del edificio situado en el nº 4 de la Calle de la Cisterna. Se acordó también, solicitar informe a los organismos o entidades, cuyas competencias puedan verse afectadas, entre ellos, el informe previo del Consell Insular de Mallorca previsto al artículo 156 del Reglamento de la L.O.U.S.
Esta aprobación inicial, de conformidad con los apartados 2, 3 y 4, del artículo 50 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, y en concordancia con los apartados 2 y 3 del artículo 138 y, del 1.b) del artículo 139 del reglamento que la desarrolla, determina por sí misma y, dentro del ámbito de la modificación, la suspensión, durante el plazo de dos años o hasta la aprobación provisional, de la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas. Todo ello, sin perjuicio que puedan otorgarse las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, en los términos establecido en el apartado 2 del artículo 141 de este Reglamento.
Se abre un plazo de información pública de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS a contar a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, durante cuyo plazo, todas las personas que se muestren interesadas podrán consultar la documentación en horario de oficina (de 8 h. a las 14 h.) los días laborables (de lunes a viernes) en las dependencias municipales de Planificación Urbanística situadas en el nº 9 de la Calle Mayor, pudiendo asimismo hacer uso de su derecho a presentar las alegaciones que estimen oportunas. También se publicará este acuerdo en un periódico de mayor difusión en la isla y, en la sede electrónica del Ayuntamiento “alcudia.net”, donde se publicará la documentación completa.
Alcúdia, 14 de Septiembre de 2015
El Concejal Delegado de Urbanismo,
Joaquín Cantalapiedra Aloy