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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 14090
Presidencia - Rectificación de las bases que deben regir la concesión de becas del Consell Insular de Menorca para compensar la doble insularidad de los estudiantes de la isla de Menorca para el curso 2014-2015

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Texto

Se hace público que la Sra. Presidenta del Consell Insular de Menorca mediante Decreto núm. 2015/186, de 14 de septiembre, ha resuelto lo siguiente:

Dado que el Consejo Ejecutivo del 17 de agosto de 2015 aprobó las bases que regirán la concesión de becas para compensar la doble insularidad de los estudiantes de la isla de Menorca para el curso 2014-2015, así como la correspondiente convocatoria.

Dado que se ha detectado un error en el objeto y finalidad de las becas que hacía referencia a que: El Consell Insular de Menorca tiene la voluntad de continuar la política de ayudas económicas para el alumnado que se desplace fuera de la isla para cursar sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior o medio que no se puedan cursar en la isla de Menorca.

Dado que en los apartados de requisitos y condiciones no se hacía referencia a que fuera un motivo de exclusión que los estudios se pudieran realizar presencialmente en Menorca.

Dado que la voluntad del Departamento era que se pudieran presentar a la convocatoria todos los estudiantes menorquines que estudiaran fuera de Menorca, aunque los estudios se pudieran cursar en la isla.

Dado que el plazo de presentación de solicitudes termina el miércoles día 16 de septiembre de 2015;

Dado que el Decreto de presidencia núm. 107/2015, de 9 de julio, de atribuciones del Consejo Ejecutivo, en el punto segundo resuelve que en casos de urgencia corresponderá a esta Presidencia la resolución de los asuntos competencia de este órgano;

Como presidenta del Consell Insular de Menorca y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 9 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares;

RESUELVO:

Primero.- Rectificar el tercer párrafo de la base primera de las bases que deben regir la concesión de becas para compensar la doble insularidad de los estudiantes de la isla de Menorca para el curso 2014-2015, que queda con la siguiente redacción:

El Consell Insular de Menorca tiene la voluntad de continuar la política de ayudas económicas para el alumnado que se desplace fuera de la isla para cursar sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior o medio complementando la convocatoria anual de ayudas para estudios fuera de Menorca y posibilitando que puedan obtener ayudas aquellos estudiantes que no las hayan obtenidas en la convocatoria de ayudas por desplazamiento efectuada por el Govern Balear.

Segundo.- Ampliar el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas en 7 días naturales a partir del día siguiente de haberse publicado esta rectificación en el BOIB.

Tercero.- Disponer la publicación de este decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y dar cuenta al Consejo Ejecutivo en la primera sesión que celebre.

       

Maó, 15 de septiembre de 2015

     

El secretario en funciones

Octavi Pons Castejón