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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA

Núm. 14060
Acuerdo sobre la periodicidad de las sesiones ordinarias del Ayuntamiento Pleno

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con las disposiciones vigentes, se hace público que el Ayuntamiento en Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 03 de julio de 2015 adoptó los siguientes acuerdos:

 Acuerdo sobre la periodicidad de las sesiones ordinarias del Ayuntamiento Pleno.

Conforme con el dispuesto al artículo 80 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, el Ayuntamiento en Pleno tiene que celebrar sesión ordinaria como mínimo una vez cada dos meses en los municipios de hasta 5.000 habitantes en que haya Junta de Gobierno Local, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.2.a de la Ley 7/1985 de 2 de abril y art. 38.a del ROF el Ayuntamiento en Pleno ha acordado celebrar una sesión ordinaria cada 2 meses (6 plenos en el año), a celebrar a las diecinueve y treinta horas (19’30 h.)

Si el día señalado fuera festivo se celebraría el día hábil inmediatamente siguiente a la misma hora.

La primera sesión ordinaria se celebrará el primer lunes del mes de septiembre de 2015.

Lo que se publica para general conocimiento.

    

Valldemossa, 07 de julio de 2015

   

 EL ALCALDE

Nadal Torres Bujosa