Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 14057
Delegaciones de competencias
Por esta Alcaldía, en fecha diecinueve de Agosto de 2015, se ha dictado la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
1. ANTECEDENTES
1.1. El pasado 24 de Mayo de 2015 se celebraron las elecciones locales. La nueva corporación municipal se constituyó en sesión pública el día 13 de Junio.
2. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás legislación concordante, es facultad de esta Alcaldía la realización de las delegaciones especiales que puedan efectuarse. Todo ello, salvo de aquellas materias indelegables previstas en los artículos 21.3 antes mencionado y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. RESOLUCIÓN
Por todo ello, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, RESUELVO:
PRIMERO. Efectuar a favor de los siguientes regidores una delegación específica de atribuciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 43.4 del Real decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, para gestionar los asuntos relacionados con las materias siguientes:
El alcance de las funciones de esta delegación conlleva facultades de dirección y gestión. Quedan excluídas de la misma las facultades de resolución.
SEGUNDO. Notificar esta Resolución a las personas interesadas. La eficacia de esta Resolución, en cuanto a las delegaciones específicas, queda condicionada a la aceptación por el órgano delegado. Si en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación del acuerdo, el órgano delegado no realiza ninguna manifestación expresa ante el órgano delegante, se entiende aceptada dicha delegación.
TERCERO. Dar cuenta de esta Resolución ante el Pleno en la próxima sesión que se celebre.
CUARTO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que esta resolución sea efectiva a partir del día siguiente a la fecha de la Resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre.
En Capdepera, a 8 de Septiembre de 2015
El Batle
Rafel Fernández Mallol