Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 13952
Régimen de regulación provisional del Mercado Navideño para el año 2015
La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el 4 de septiembre de 2015, y en el ejercicio de sus competencias, sobre la base de aquello propuesto (que conforme al artículo 54 y 89.3 y 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, el siguiente acuerdo:
- Aprobar el Régimen de Regulación Provisional del Mercado Navideño para el año 2015, el cual se adjunta en esta propuesta como anexo I.
- Publicar en el BOIB, en la pagina web del Consell Insular de Formentera y el tablón de anuncios de la oficina de Atención Ciudadana (OAC), el texto íntegro de este Régimen de Regulación Provisional del Mercado Navideño para el año 2015, y dar cuenta de la misma a la OAC, al departamento de intervención y recaptación de este Consell y a la Policía Local de Formentera.
“ANEXO I
Régimen de regulación provisional del Mercado Navideño para el año 2015
Preámbulo
El Consell Insular de Formentera, con el propósito de beneficiar la ciudadanía de la isla (comercios, artesanos, sector de restauración, centros educativos, parroquias, ONG y/o Asociaciones sin animo de lucro) adquirió el año 2014 unas casetas para realizar y gestionar un Mercado Navideño en Formentera, y establecer una continuidad del mismo.
Dado el buen resultado del funcionamiento del Mercado Navideño del año 2014, mediante su régimen de regulación provisional, este año, el Consell Insular de Formentera, quiere mejorar este régimen provisional, con las modificaciones necesarias para su mejora.
1. Lugar y fecha de celebración
El Mercado Navideño, se realizará como máximo desde el 3 de diciembre de 2015 hasta el día 6 de enero de 2016, ambos incluidos, en la plaza de la Constitución de San Francisco Javier de Formentera.
El Consell Insular de Formentera montará las casetas dos días antes de la inauguración del mercado, y así el día antes de la misma, los vendedores podrán decorar la caseta que le haya estado adjudicada. El desmontaje se realizará por parte del Consell Insular, al día siguiente de la finalización del Mercado Navideño.
2. Horario
El horario establecido por el Mercado Navideño, es el siguiente:
- Cada día, por la mañana, desde las 11:00h hasta las 14:00h y por la tarde, como mínimo, desde las 17:00h hasta las 19:00h, y como máximo, hasta las 00:00 horas.
- Días de libre elección 24, 25 y 31 de diciembre de 2015 y, 1 y 6 de enero de 2016, siempre con los horarios antes mencionados.
3. Solicitudes.
Los interesados deberán de presentar su solicitud en el Registro General del Consell Insular de Formentera, situado en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC). Consta como ANNEX I, el modelo de solicitud, que incluirá:
( ) Memoria descriptiva y fotografiada del producto de venta en el caso de comerciantes y artesanos.
( ) Memoria descriptiva del producto de venta y actividades que se ofrecerán durante las fiestas, en el caso del sector de restauración.
( ) Copia compulsada de la carta de manipulador de alimentos, en caso de ser necesario.
Podrán participar en el Mercado Navideño, las siguientes persones físicas y jurídicas:
A) Comercios de Formentera.
B) Artesanos. Las personas artesanas que deseen participar deberán de estar en posesión de la Carta de maestro artesano o Carta de artesano.
C) Centros educativos, parroquias, ONG y/o Asociaciones sin animo de lucro, que reinvierten parte de sus beneficios en la sociedad de Formentera, inscritas como mínimo desde hace tres años en el Registro de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Formentera.
D) Sector de la restauración, persona/s que cuenten con una experiencia mínima de un año, y con el carnet de manipulación de alimentos en vigor.
Para el otorgamiento de la autorización de venta en el mercado navideño por parte del Consell Insular de Formentera, tendrán prioridad las solicitudes que acrediten la elaboración de los productos de venta de forma artesanal.
El hecho de haber participado en anteriores ediciones, no garantiza la participación en esta ni la ocupación del mismo lugar que el mercado anterior.
4.- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes, será desde el 15 de septiembre hasta el día 15 de octubre de 2015.
5. Adjudicación de los lugares de venta del mercado navideño
El Consell Insular de Formentera adjudicará un máximo de 6 casetas con unas dimensiones de 3 x 2 m2, para la venta de productos en el mercado navideño. Las casetas se distribuirán en la Plaza de la Constitución de Sant Francesc Xavier, Formentera, de la siguiente forma:
- 4 casetas, serán adjudicadas a comercios y artesanos.
- 2 casetas serán adjudicadas para bar.
El Consell Insular de Formentera instalará una carpa en la Plaza para que, rotatoriamente, puedan realizar la venta de productos alimentarios, los centros educativos, parroquias y ONG.
Además, podrán formar parte del mercado navideño, otros comercios y artesanos, que sean propietarios de casetas con las mismas dimensiones y tipologia que las propias del Consell Insular de Formentera, con un máximo de tres.
Las casetas que se adjudiquen a comercios y artesanos, podrán ser compartidas por dos solicitantes.
De entre todas las solicitudes que se presenten dentro del plazo establecido del punto cuarto de este régimen regulador, y que cumpla con los requisitos exigidos, se harán dos sorteos delante del Secretario de la Corporación, mediante extracción de bolitas: una para las dos casetas que se han de destinar a bar y una otra para las cuatro casetas que se han de destinar para los comercios y artesanos.
Del resultado de estos sorteos, se hará una propuesta por parte de la consejería de comercio del Consell Insular de Formentera, de los posibles adjudicatarios de las casetas del mercado navideño a la Comisión de Gobierno, como órgano competente, la cual aprobará, en su caso, las adjudicaciones, así como una lista de espera, para el caso de que hubiera renuncies o bajas.
6. Pago
Este año 2015, el Mercado Navideño lo organiza el Consell Insular de Formentera por tal de dinamizar las fiestas navideñas en Formentera, así como los comercios que quedan abiertos en el invierno, y los artesanos con carta de artesanía que viven y trabajan en Formentera en el invierno.
Por este motivo, el Consell Insular de Formentera considera que los adjudicatarios de las casetas no han de realizar el pago de la tasa de ocupación de vía pública, según lo establecido en los artículos 24 y 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y según lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la ocupación del subsuelo, de los terrenos de domino público local, del Consell Insular de Formentera, pero sí que los adjudicados deberán de hacerse cargo de lo siguiente:
1. La seguridad privada nocturna. El pago de esta, la deberán de hacer los adjudicatarios de las casetas del mercado navideño, en proporción del 50% los comercios y artesanos y el 50% los bares.
2. Los actos musicales que se quieran llevar a cabo. El pago de estos, la deberán de hacer los adjudicatarios de las casetas del mercado navideño, en proporción del 20% los comercios y artesanos y el 80% los bares. Para que estas actuaciones musicales se puedan llevar a cabo, como máximo dos días antes del inicio del mercado navideño, los adjudicatarios deberán de presentar delante del Consell Insular de Formentera, una memoria con los datos, horarios y grupos que actuaran.
7. Disposiciones generales:
Los adjudicados del mercado navideño tendrán, entre otras, las siguientes obligaciones:
- Tener expuesta la tarjeta del permiso de adjudicación de la caseta, emitida por el Consell Insular de Formentera.
- Cuidar, limpiar el material, y el espació cedido, y devolverlo en las mismas condiciones.
- Contribuir con el mantenimiento del orden y limpieza de las zonas comunes, dejando la superficie ocupada al finalizar el mercado navideño, en las mismas condiciones iniciales.
- Cumplir con el horario establecido de abertura y cierre.
- Cumplir con la normativa de seguridad, así como no obstaculizar ninguna salida ni entrada de locales y calles, según lo que se establece en los planes de emergencia.
- Contar con vigilancia nocturna en el mercado durante todo el tiempo que dure el mercado navideño de 2015. La tenencia de esta vigilancia se deberá de acreditar por parte de los adjudicatarios, presentando delante del Registro General de Entrada del Consell Insular de Formentera, y dirigido al área de Comerció, la documentación acreditativa de esta contratación.
Los adjudicatarios del mercado han de tener en cuenta toda una serie de prohibiciones:
- Se prohíbe el uso de aparatos individuales de música y/o altavoces. En todo caso se permitirá tener música/altavoces en el mercado de forma colectiva.
- Se prohíbe pintar o hacer agujeros en el material cedido por el Consell.
- Se prohíbe a las barras de bar o lugares de alimentación, facilitar material de vidrio como ahora platos y vasos, cuchillos, tenedores en la venta de consumibles a los clientes.
- Queda prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de edad.
8. Penalizaciones por incumplimiento de este régimen regulador
Cualquier incumplimiento de este régimen de regulación provisional del mercado navideño de 2015 por parte de las personas autorizadas en el mercado, supondrá la imposición de una penalización por parte del Consell Insular de Formentera, la cual consistirá en la denegación de autorización para la venta en el mercado navideño, en los años posteriores.
En cualquier caso, por parte del Consell Insular de Formentera, se reclamarán los costes en los desperfectos ocasionados.
9. Régimen sancionador
Para el supuesto de infracción de la normativa sobre mercados ambulantes, en lo no estipulado en este régimen de regulación provisional, se estará en lo dispuesto en la normativa legal que le sea de aplicación, concretamente en la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears, en los artículos 139 a 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el artículo 186.3 de la Ley 20/2006, de 15 de Diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
10. Exigibilidad
Este régimen de regulación provisional, será aplicable a partir del día siguiente de la publicación íntegra de su texto en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB). También se publicará en la web del Consell Insular de Formentera www.consellinsulardeformentera.cat, y en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) del Consell Insular de Formentera.
ANEXO I
SOLICITUD PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL MERCADO DE NAVIDAD 2015
Nombre y apellidos: __________________________________________________________
con DNI / NIF _____________________________ con domicilio _____________________________________________ Código Postal ___________________ Localidad ________________________________ Teléfono/s ______________________
MARCAR LA FORMA PARTICIPATIVA:
( ) Comercio (Nombre / Razón social) _______________________________________________ CIF ____________________
( ) Artesano/a (titulación y oficio) ____________________________________________________ Nº de la carta __________
( ) Centros educativos, parroquias, ONG y/o Asociaciones sin animo de lucro, (nombre) _________________________________________________________________________ CIF_________________
( ) Sector de la restauración (nombre)____________________________________________ CIF_________________
INDICA EL PRODUCTO DE LA VENTA: _________________________________________________________________________
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
-. Memoria descriptiva y fotografía del producto de venta en el caso de comerciantes y artesanos.
-. Memoria descriptiva del producto de venta en el caso del sector de restauración.
-. Copia compulsada de la carta de manipulador de alimentos.
DECLARACIÓN RESPONSABLE:
El/la solicitante declara que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente que regula la venta ambulante o no sedentaria, concretamente la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears, y se compromete al cumplimento del régimen de regulación provisional del mercado navideño de 2015.
Formentera, _________________ de ________________ de 20
Firma
HBLE. SR. PRESIDENT DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA”
Lo cual se hace público para general conocimiento.
Formentera, 10 de septiembre de 2015
El presidente,
Jaume Ferrer Ribas