Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 13942
Modificación de la RLT del Consell de Mallorca para la adecuación de la denominación de determinados puestos de trabajo de personal eventual
El Pleno del Consell de Mallorca, en fecha 10 de septiembre de 2015, ha adoptado el siguiente acuerdo:
"El Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de día 17 de julio de 2015, adoptó el acuerdo por el cual se determinan y crean los puestos de trabajo que tiene que ocupar al personal eventual y determinan las retribuciones que tiene que percibir. Todo eso de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, relativa en que el Pleno de la Corporación, al principio del mandato, tiene que determinar el número, las características y las retribuciones de este tipo de personal. El mencionado acuerdo, que se publicó en el BOIB nº. 111, de 23 de julio de 2015, previó la incorporación de estos puestos a la relación de puestos de trabajo del Consell Insular de Mallorca.
En la actualidad, es necesario proceder a la modificación de la denominación de algunos de estos puestos de trabajo con el fin de adecuarla a las características de las funciones de confianza que llevan a cabo, motivo por el cual se tiene que proceder a la modificación de la relación de puestos de trabajo vigente.
Por eso, propongo que el Pleno adopte el acuerdo siguiente:
Primero. - Modificar la vigente relación de puestos de trabajo del Consell de Mallorca, realizando las siguientes modificaciones en los puestos de trabajo asignados al personal eventual.
ALLÍ DONDE DICE:
... /Departamento de Presidencia/Servicios Generales de Presidencia y Partidos Políticos
Código |
Puesto |
00001 |
Assessor -a |
00901 |
Jefe de Programas de Presidencia |
01088 |
Responsable de áreas de comunicación |
00172 |
Jefe de Programas de Vicepresidencia |
TIENE QUE DECIR:
Código |
Puesto |
00001 |
Adjunto -a de comunicación |
00901 |
Jefe -a de gabinete |
01088 |
Periodista |
00172 |
Jefe -a de gabinete |
... /Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia/Servicios Generales de Presidencia y Partidos Políticos
Segundo. - Disponer la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web corporativa.
Tercero. - La fecha de efectos del presente acuerdo será a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto. - Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) El recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
b) El recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Consell de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de reposición. Si ha transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición potestativo y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
Palma, 11 de septiembre de 2015
Por delegación del Presidente, el Secretario General
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB nº. 114, de 28 de julio de 2015)
Jeroni M. Mas Rigo