Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 13911
Notificación de resoluciones por las cuales se inician procedimientos de baja de varios centros en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para la Empleo
Se han intentado notificar sin éxito varias resoluciones del consejero de Economía y Competitividad, presidente del Servicio de Empleo, por las cuales se inician procedimientos de baja de varios centros en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para la Empleo y se da trámite de audiencia previa para hacer a alegaciones y presentar los documentos que se consideren pertinentes.
Por eso, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifican estas resoluciones por medio de publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Estos procedimientos se han iniciado de conformidad con el artículo 17 del Real decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo, por indicios de incumplimiento de la obligación de mantener las exigencias técnico-pedagógicas, de instalaciones, equipamientos y medios humanos a tener en cuenta para las inscripciones y acreditaciones del centro de formación, dado que durante los tres últimos ejercicios (2012-2015) las entidades responsables no han impartido ninguna acción formativa de formación profesional para el empleo.
Así pues, se ponen en conocimiento de las personas y entidades interesadas, las cuales se relacionan en el anexo I junto con los datos de los centros afectados por las resoluciones.
Se concede a estas personas y entidades un plazo de 10 días de audiencia previa, contadores desde el día siguiente de la publicación respectiva, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, para que puedan hacer las alegaciones y presentar los documentos que consideren pertinentes.
Los expedientes se encuentran a su disposición en el Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB) en Camí Vell de Bunyola, núm. 43, 1r, 07009 Palma, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.
Se les comunica, así mismo, que si antes del vencimiento del plazo manifiestan la intención de no formular a alegaciones ni aportar documentos justificantes, se tendrá por realizado el trámite, y también, que si una vez transcurrido el plazo no han hecho alegaciones ni presentado ninguna justificación, se procederá a tramitar la resolución final de baja.
Contra estas resoluciones de inicio de procedimiento no se puede interponer recurso. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, las personas y entidades interesadas -o sus representantes- pueden alegar oposición para que se considere en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Palma, 29 de julio de 2015
La secretaria general de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria,
vicepresidenta del Servicio de Empleo
por delegación de competencia según Resolución de 17/07/2015 (BOIB núm. 111, de 23 de julio)
Montserrat Berini Pérez
ANEXO I |
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Denominación del centro |
Persona, física o jurídica, responsable |
CIF/NIF |
Dirección del centro |
N. de censo |
ACADÈMIA SON FERRIOL |
ALEJANDRO CAMINO MARTÍNEZ |
B57643132 |
C. DE MARGALIDA MONLAU, 50 (PALMA) |
26919 |
CEIMA INCA |
ELÍAS ESTÉVEZ BARBA |
B57339434 |
C. GENERAL LUQUE, 308 (INCA) |
24441 |