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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 13902
Corrección de errores del anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y de cobranza del impuesto sobre bienes inmuebles del Ayuntamiento de Bunyola correspondientes al ejercicio 2015 publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 122, de 13 de agosto de 2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose advertido un error en el anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y de cobranza del impuesto sobre bienes inmuebles del Ayuntamiento de Bunyola correspondientes al ejercicio 2015 (edicto núm. 12.790, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 122, de 13 de agosto de 2015), de acuerdo con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 56.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se publica la corrección siguiente:

Donde dice:

“3. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago pueden obtenerlo en la dependencia de recaudación situada en Bunyola, en Sa Plaça, 4, los martes y miércoles laborables, de 9 a 14 horas, y los jueves laborables en Palmanyola, en la oficina situada en la avenida de las Dalias, 65, local 3, de 9 a 14 horas, así como en cualquier oficina de recaudación de tributos locales de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (se pueden consultar los datos de las oficinas en la página web http://www.atib.es o en el teléfono 901 201 530), de lunes a jueves laborables, de 8.15 a 13.30 horas y de 15.15 a 16.45 horas, y los viernes laborables, de 8.15 a 14.30 horas (meses de julio y agosto, de lunes a viernes laborables, de 8.15 a 14.30 horas). Asimismo, entre los días 1 de octubre y 1 de diciembre, ambos inclusive, se puede obtener el aviso de pago o el documento de ingreso en el Ayuntamiento de Bunyola, de lunes a viernes laborables de 9 a 14 horas.

Se advierte a los contribuyentes que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario señalado anteriormente se iniciará el periodo ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.”

Debe decir:

“3. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago pueden obtenerlo en la dependencia de recaudación situada en Bunyola, en Sa Plaça, 4, los martes y miércoles laborables, de 9 a 14 horas, y los jueves laborables en la oficina situada en Palmanyola, en la Plaça Major, s/n (oficina de la entidad menor de Palmanyola), de 9 a 14 horas, así como en cualquier oficina de recaudación de tributos locales de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (se pueden consultar los datos de las oficinas en la página web http://www.atib.es o en el teléfono 901 201 530), de lunes a jueves laborables, de 8.15 a 13.30 horas y de 15.15 a 16.45 horas, y los viernes laborables, de 8.15 a 14.30 horas (meses de julio y agosto, de lunes a viernes laborables, de 8.15 a 14.30 horas). Asimismo, entre los días 1 de octubre y 1 de diciembre, ambos inclusive, se puede obtener el aviso de pago o el documento de ingreso en el Ayuntamiento de Bunyola, de lunes a viernes laborables de 9 a 14 horas.

Se advierte a los contribuyentes que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario señalado anteriormente se iniciará el periodo ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.”

 

Palma, 10 de septiembre de 2015

El Administrador tributario

(Por delegación –Resolución Directora de la ATIB de 15/07/2015; BOIB núm. 108, de 17/07/2015–)

Justo Alberto Roibal Hernández