Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 13864
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino del 9 de septiembre de 2015, por la que se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina de la Isla del Toro
El Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por la cual se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina o las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Islas Baleares señala en su artículo 3 que cada dos años se publicará un censo revisado de embarcaciones profesionales autorizadas en cada reserva. En el censo de la reserva marina de la Isla del Toro se podrán inscribir las embarcaciones adscritas a las cofradías de pescadores de Andratx, con puerto base en Andratx y aquellas con puerto base a menos de 24 millas que puedan demostrar habitualidad en la pesca en la zona en el periodo de cinco años inmediatamente anterior. La inclusión en el censo y la presentación regular de datos de capturas son los únicos requisitos para poder pescar dentro de la reserva.
Por lo tanto, estudiados los registros de actividad en la reserva marina de la Isla del Toro y haciendo uso de las facultades que se me han conferido, dicto la siguiente,
RESOLUCIÓN
Primero
Se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina de la Isla del Toro, que estará formado por las siguientes embarcaciones:
EMBARCACIÓN |
MATRÍCULA |
FOLIO |
PUERTO BASE |
---|---|---|---|
REME TONI TERCERO |
3ª PM -1 |
1836 |
ANDRATX |
MORON II |
3ª PM -1 |
1871 |
ANDRATX |
GERMANS TORRES |
3ª PM -1 |
3-05 |
ANDRATX |
BLANCHE |
3ª PM -4 |
325 |
ANDRATX |
SITO PRIMERO |
3ª PM -1 |
1-96 |
ANDRATX |
PEMAG |
3ª PM -1 |
1763 |
ANDRATX |
MORENETA II |
3ª PM -1 |
1904 |
PALMA |
NA FOGUERA |
3ª PM -1 |
5-97 |
PALMA |
BERNARDINO |
3ª PM -1 |
1810 |
PALMA |
HERMANOS GONZÁLEZ |
3ª PM -1 |
1971 |
PALMA |
HERMANOS VERA |
3ª PM -1 |
2013 |
PALMA |
ELS GORRETES * |
3ª PM -1 |
1975 |
PALMA |
HERMANOS LOPEZ II |
3ª PM -1 |
1-05 |
PALMA |
ESTELLS |
3ª PM -1 |
1967 |
PALMA |
PAULINA B |
3ª PM -1 |
1674 |
PALMA |
JOVEN LOURDES |
3ª PM -1 |
1152 |
PALMA |
POLARIS SEGUNDO |
3ª PM -1 |
6-91 |
PALMA |
TERESA SEGUNDO |
3ª PM-1 |
1-03 |
PALMA |
GALLARDO |
3ª PM -1 |
1604 |
PALMA |
MACARENA |
3ª MH -2 |
174 |
PALMA |
ES VERGES |
3ª PM -1 |
1841 |
PALMA |
DOS JOANS |
3ª PM -1 |
1916 |
PALMA |
CREUS |
3ª PM -1 |
3-96 |
PALMA |
JUMA III |
3ª PM -1 |
1955 |
PALMA |
PICASEU |
3ª PM -1 |
4-99 |
PALMA |
*:Autorización condicionada al cambio de modalidad (artes menores)
Segundo
Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Hble. Sr. Consejero de Medio ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
Palma, 9 de septiembre de 2015
El Director General de Pesca y Medio Marino
Juan Mercant Terrassa