Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 13782
Convocatoria de provisión temporal mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria de un puesto de trabajo de Jefe de la Policía Local
DECRETO DE ALCALDÍA
Vistas las necesidades organizativas urgentes de esta Corporación, se hace necesario proceder a la convocatoria de provisión temporal mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria de un puesto de trabajo de JEFE/A DE LA POLICÍA LOCAL, adscrito al área de Seguridad.
Es por ello que, esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVE
1º.- Aprobar las bases para la convocatoria de provisión por libre designación del puesto de trabajo de JEFE/A DE LA POLICÍA LOCAL adscrito al área de Seguridad.
BASES
Primera.- Objeto
Constituye objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de JEFE/A DE LA POLICÍA LOCAL del Ajuntament de Calvià y de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y con el contenido y características recogidos en la relación de puestos de trabajo:
Denominación: JEFE/A DE LA POLICÍA LOCAL.
Grupo: A1
Nivel: 28
Complemento específico anual: 31.014,12 €
Número de puestos a proveer: 1.
Forma de provisión: Libre designación
Segunda.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las policías locales de las Illes Balear y los arts. 38 y 39 del Decreto 28/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears,, en la convocatoria pública de libre designación podrán participar funcionarios de carrera que tengan la máxima categoría de la plantilla del cuerpo del mismo municipio o entre funcionarios de carrera de cuerpos de policía local de otros municipios u otros cuerpos o fuerzas de seguridad, siempre que pertenezcan a una categoría igual o superior a la de la plaza que se ha de proveer, estén en servicio activo y cumplan los requisitos del puestos de trabajo.
No podrán participar los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, de no haber transcurrido el tiempo señalado en las mismas.
De conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la plaza de máxima categoría en el Ajuntament de Calvià es la de Mayor y se recoge en la Plantilla de de la Corporación –publicada en el BOIB nº 12 de 24 de enero de 2015-
Tercera.-
La duración de la comisión de servicios será hasta que se cubra el puesto de trabajo por el procedimiento reglamentario o, como máximo de dos años, sin perjuicio de que este plazo pueda ser prorrogado de acuerdo a lo previsto en el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.
Cuarta.-
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General del Ajuntament debidamente cumplimentadas, durante el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Podrán asimismo remitirse en la forma determinada en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Junto a la instancia se deberá presentar:
- Fotocopia del D.N.I.
- Un currículum vitae. A dicho currículum deberá acompañarse documentos justificativos de los requisitos exigidos así como de los méritos que se aleguen, mediante certificaciones o fotocopias compulsadas, pues no serán valorados aquéllos que no queden debidamente acreditados, en todos sus extremos, dentro del plazo de presentación de instancias.
Se valorará especialmente:
- Tener acreditada experiencia en funciones de mando de grupos de más de 50 efectivos.
- Experiencia en la implantación y gestión de modelos de Policía de proximidad o comunitaria.
- Formación y cualificación profesional en materia de Seguridad Ciudadana.
Quinta.-
Los aspirantes podrán ser llamados, en caso de considerarse oportuno, a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su trayectoria profesional y cualesquiera otras que el órgano competente considere necesarias, con el fin de determinar la idoneidad del candidato para su nombramiento.
La convocatoria será resuelta por el Sr. Alcalde, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las policías locales de las Illes Balears, en el plazo máximo de un mes, contados desde la finalización de presentación de solicitudes, pudiendo ser declarada desierta si ninguno de los candidatos alcanzase el nivel suficiente para el puesto, a juicio del órgano competente.
Sexta.-
Esta convocatoria y su resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la web municipal y en el tablón de anuncios de la Corporación.
Séptima,.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOIB, de conformidad a lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde la citada fecha.
2º.- Ordenar la publicación de esta resolución en el BOIB, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.
Calvià, a 7 de septiembre de 2015
Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales y Seguridad
(Resolución de Alcaldía de fecha 15/6/2015)
Andrés Serra Martínez