Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 21 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9842
Juicio verbal desahucio 872/2014 sobre otras materias
Dª. OLALLA DE LIS FERREIRO, Secretaria Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 21 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de Dª JOSEFINA CORTÉS PALLICER frente a D. MARC SANDER se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente
SENTENCIA: 00064/2015
En Palma de Mallorca, a 27 de mayo de 2015.
Vistos por mí, Dª CRISTINA ESCRIBANO GONZÁLEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Palma de Mallorca y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 872/2014 C en materia de desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad instados por Dª JOSEFINA CORTÉS PALLICER, cuya representación se ejerce por el Procurador de los Tribunales, Dª Joana Socías Reynés, y su defensa por el Letrado, D. Juan Mulet Alonso, contra D. MARC SANDER, en situación de rebeldía procesal, ha recaído sobre los mismos la presente resolución judicial.
FALLO
ESTIMO sustancialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales, Dª Joana Socías Reynés, en nombre y representación de Dª JOSEFINA CORTÉS PALLICER, contra D. MARC SANDER, y en consecuencia, DEBO DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento de vivienda que vinculaba a las partes de fecha 17 de diciembre de 2013. y asimismo satisfecha extraprocesalmente la pretensión de desahucio y, Debo CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.341’58 euros, correspondientes a las rentas devengadas y no abonadas y gastos asimilados a la renta.
Todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.
Y encontrándose dicho demandado DON MARC SANDER, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a veintisiete de Mayo de dos mil quince.
LA SECRETARIA JUDICIAL