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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PARTICIPACIÓN, TRANSPARENCIA Y CULTURA

Núm. 13603
Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de aceptación de renuncia de subvención al amparo de la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 30 de enero de 2015, por la cual se convocan ayudas a deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y acceso a las competiciones en el año 2015

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Texto

Hechos

1.En fecha 5 de marzo de 2015 se presentó a la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura una solicitud de subvención para ayudar a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y acceso a competiciones en el año 2015, correspondiente al expediente 79/2015/ED.

2. En fecha 5 de agosto de 2015, la Comisión Técnica evaluó las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 9 de la convocatoria y emitió informe técnico que ha de servir de base a la Comisión Evaluadora para que ésta emita el informe que ha de servir de base para elaborar la propuesta de resolución que ha de formular la Dirección General de Deportes y Juventud.

3. En fecha 12 de agosto de 2015, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y elaborar el informe que ha de servir de base al director General de Deportes y Juventud para dictar la propuesta de resolución.

4. En fecha 31 de agosto de 2015, se notificó a la persona interesada la Propuesta de Resolución del director General de Deportes y Juventud de día 18 de agosto de 2015 de concesión de una subvención para dar apoyo a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entreno y acceso a las competiciones en el año 2015.

5. En fecha 1 de septiembre de 2015 la persona interesada presentó en la Dirección General de Deportes y Juventud su renuncia a la subvención para ayuda a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y acceso a las competiciones en el año 2015.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. La Orden del consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013).

3. La Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 30 de enero de 2015 por la cual se convocan ayudas a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y acceso a las competiciones en el año 2015 (BOIB 19, de 7 de febrero de 2015).

4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de les Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente:

Resolución

1. Aceptar la renuncia a la subvención para dar ayuda a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y acceso a las competiciones en el año 2015, al expediente siguiente:

Nº Exp.

NIF

Deporte

79/2015/ED

34066549F

Ciclismo

2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas mediante su publicación en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Participación, Transparencia y Cultura en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 7 de septiembre de 2015

 La secretaria general

Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y cultura de delegación de firma

(BOIB 111, de 23/07/2015)

Ruth Mateu Vinent