Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 13572
Resolución del conseller de Economía y Hacienda nº 2015000005, de día 30 de junio de 2015, por el que ha resuelto aprobar las liquidaciones de las tasas por los servicios prestados por el Departament de Sanitat, Benestar Social, Igualtat i relacions amb entitats i associacions en el Hospital Residencia Asistida de Cas Serres durante el mes de junio de 2015
El Consell Insular de Eivissa, mediante resolución del conseller de Economía y Hacienda nº 2015000005, de día 30 de junio de 2015, ha resuelto aprobar las liquidaciones de las tasas por los servicios prestados por el Departament de Sanitat, Benestar Social, Igualtat i relacions amb entitats i associacions en el Hospital Residencia Asistida de Cas Serres durante el mes de junio de 2015.
El citado padrón aparecerá expuesto al público en tablón de anuncios del Hospital Residencia Asistida de Cas Serres, durante el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de esta publicación. A partir de la finalización del plazo anterior y durante el período de un mes, los interesados podrán interponer contra el mismo, recurso de reposición ante el Consell Executiu del Consell Insular de Eivissa.
Así mismo, podrán utilizar cualquier otro medio de defensa que estimen oportuno para sus intereses.
Mediante este documento, y de acuerdo a lo dispuesto en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios prestados por el Departament de Sanitat, Benestar Social, Igualtat i relacions amb entitats i associacions, aprobada en fecha 22 de julio de 2005, y publicada en el BOIB nº 131 ext. de 5 de septiembre de 2005, pongo en conocimiento la apertura del período voluntario de cobro del padrón anteriormente referenciado, que comprenderá dos meses a partir de la publicación del presente anuncio.
Pasado el citado período se incoará la vía de apremio, en la cual, los deudores deberán abonar además del importe de la cuota, los costes del procedimiento y los siguientes recargos: del 10 % si el pago se efectúa en los plazos señalados en la provisión de apremio o del 20 % si el pago es posterior a los plazos referidos, y los intereses de demora correspondientes. El recargo será del 5 % si el pago se realiza antes de la notificación de la provisión de apremio.
El pago podrá realizarse durante todos los días laborales, excepto los sábados, entre las 9 y las 13:30 horas, en la caja del Consell Insular de Eivissa (Tesorería, 1ª planta), situada en la Avda. España, 49, 07800 Eivissa.
El pago se podrá realizar en metálico, cheque bancario conformado, o por ingreso en las entidades colaboradoras previa solicitud de la liquidación en el Hospital Residencia Asistida Cas Serres, calle Cosme Vidal Llaser s/n, 07800 Eivissa o por domiciliación bancaria.
Eivissa, 28 de agosto de 2015
El Secretario Técnico del Área de Transparencia, Buen Gobierno, TIC, Bienestar Social, Sanidad y Participación Ciudadana
Federico Lidiano Rey Castelló