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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 21 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11933
Juicio de faltas 247/2015 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Palma, a 13 de julio de 2015.

Vistos por mí, Dª CRISTINA ESCRIBANO GONZÁLEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Palma de Mallorca y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal nº 247/2015 A, en materia de reclamación de cantidad derivada de relación contractual , instados por CREACIONES GAVI SL, cuya representación se ejerce por el Procurador de los Tribunales, D. Jose A. Cabot Llambías y su defensa por el Letrado, D. Iñigo Azcona Soria contra Dª AMELIA GONZÁLEZ RUIZ, declarada en situación de rebeldía procesal, ha recaído sobre los mismos la presente resolución judicial.

FALLO

ESTIMO la demanda, formulada por el Procurador de los Tribunales, D. Jose A. Cabot Llambías, en nombre y representación de CREACIONES GAVI SL contra Dª AMELIA GONZÁLEZ RUIZ y en consecuencia, debo CONDENAR Y CONDENO a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 2.509’02 euros, y más los intereses legales devengados por la anterior cantidad desde la interposición de la demanda (23/03/2015) y hasta la fecha de la presente resolución y a partir de ésta los del art. 576 Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todo ello, con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Líbrese testimonio de la presente resolución para unirlo a las actuaciones, incorporando el original al Libro de Sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles sabe que contra la misma, NO CABE RECURSO ALGUNO al tratarse de una sentencia dictada en juicio verbal de cuantía inferior a 3.000 euros, ex art. 455.1 Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue leída y publicada por la Magistrado Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública, el día de la fecha; doy fe.”

Y como consecuencia del ignorado paradero de AMELIA GONZÁLEZ RUIZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En PALMA DE MALLORCA, a catorce de Julio de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL