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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 13478
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre las Instalaciones deportivas anejas al hotel Turquesa, Urb. Son Xoriguer, Ciutadella. (79a/14)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 37 de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 30 de junio de 2015,

“CONSIDERANDO

1.Que el proyecto consiste en la legalización de unas instalaciones deportivas anejas al Hotel Turquesa en la urbanización de Son Xoriguer en Ciutadella que ocupan unos 7.500 m2.

2.Que el proyecto está incluido en el anexo I de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental.

3.Que las parcelas donde se tiene que ubicar el proyecto están clasificadas según la Norma Territorial Transitoria de Menorca, como suelo rústico general – área de transición.

4.Que la zona está afectada por vulnerabilidad de acuíferos alta y área de riesgo de incendios moderada.

5.Que la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ciutadella de fecha 5 de noviembre de 2014 requirió al promotor la restitución a su estado anterior, de la actuación realizada sin licencia.

6.Que, la circular de fecha 7 de diciembre de 2011 del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio sobre unificación de criterios de interpretación de la Ley 11/2006 a la apartado g del punto sexto establece: “(...) En particular, se tiene que intentar no invadir las competencias urbanísticas, de ordenación del territorio y patrimonio histórico, atribuidas a los consejos insulares (...)”

7.Que se ha presentado el estudio de impacto ambiental, de acuerdo con los requerimientos del informe del Servicio de Asesoramiento Ambiental del 10 de septiembre de 2014.

8.Que el proyecto y el estudio de impacto ambiental han sido sometidos a información pública durante el plazo de treinta días con publicación en el BOIB núm. 22, de fecha 14 de febrero de 2015, habiéndose presentado una alegación.

9.Que se ha solicitado informe al departamento de Dominio Público Hidráulico de la Dirección general de Recursos Hídricos y al Ayuntamiento de Ciutadella habiéndose recibido informe por parte del Ayuntamiento de Ciutadella.

10.Que la documentación ambiental presentada incorpora una serie de medidas correctoras para reducir los impactos, pero insuficientes en lo que respecta a la contaminación lumínica y el consumo de agua.

ACUERDA

informar favorablemente el proyecto de la legalización de las instalaciones deportivas anejas al hotel Turquesa (Urb. Son Xoriguer), siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas y correctoras del estudio de impacto ambiental y de la documentación complementaria así como los condicionantes siguientes:

1.Las luminarias tendrán que ser de bajo consumo y no permanecerán encendidas fuera del horario de uso de las instalaciones.

2.Se tendrá que concretar la medida planteada en el estudio de impacto ambiental en lo referente a la reducción de la superficie dedicada a césped en favor de plantas tapizantes con menores exigencias hídricas.

3.Se tendrá que aprovechar el agua de lluvia para el riego de las instalaciones hecho que según el estudio de impacto ambiental “sería deseable”.

Se recuerda que de acuerdo con el informe del ayuntamiento de Ciutadella:

“De acuerdo con el artículo 23 de la norma Territorial Transitoria, en las APR, el proyecto tiene que establecer las medidas para evitar el riesgo (incendio moderado), y los informes de la Administración Autonómica competente en materia del riesgo las tienen que revistar y, cuando corresponda, establecer condiciones adicionales. La administración que otorgue la licencia tiene que hacer el seguimiento de la aplicación de estas medidas encaminadas a evitar el riesgo”.

Este acuerdo se emite sin perjuicio de las cuestiones territoriales y/o urbanísticas que son competencia otras administraciones públicas.”

Palma, 24 de agosto de 2015

El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias