Sección I. Disposiciones generales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 13428
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 6 de agosto de 2015 por la cual se autorizan los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2015-2016 y las exenciones y reducciones de estos precios
El Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza, reunido el 21 de mayo de 2015, acordó aprobar los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música para el curso 2015-2016, así como las exenciones y reducciones de estos precios.
La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears se constituyó mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de las Illes Balears de día 1 de junio de 2001. Según el artículo 10 de los Estatutos de la Fundación, el control de las actividades que lleva a cabo depende de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, actualmente Consejería de Educación y Universidad, en la cual, además, corresponden las funciones de protectorado de la Fundación previstas en la disposición adicional primera del Decreto 61/2007, de 18 de mayo, de regulación del Registro Único de Fundaciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de organización del ejercicio del protectorado, y en el artículo 35 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, de conformidad con el artículo único del Decreto 13/2013, de 6 de junio, del presidente de las Illes Balears, por el cual se confiere en las consejerías el ejercicio del protectorado de las fundaciones en el ámbito de las Illes Balears.
La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears ha presentado una solicitud en la cual pide que el Protectorado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 22.k de los Estatutos de la Fundación, autorice los precios, las exenciones y las reducciones mencionadas.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Autorizar los precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2015-2016, así como las exenciones y reducciones de estos precios, aprobados por el Patronato de la Fundación el día 21 de mayo de 2015, los cuales se detallan en el anexo adjunto.
Segundo
Establecer que estos precios para el curso 2015-2016 entren en vigor a partir del día siguiente de haberse publicado esta Resolución.
Tercero
Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
De acuerdo con el artículo 57.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 43.1 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones, contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 6 de agosto de 2015
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà
ANEXO
Precios de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears para el curso 2015-2016
1. Precios de los servicios académicos
CONCEPTO |
Curso 2015-2016 |
---|---|
Precios de matrículas |
|
Precio de matrícula por crédito en 1ª matrícula |
32,25 € |
Precio de matrícula por crédito en 2ª matrícula |
64,50 € |
Precio de matrícula por crédito en 3ª matrícula |
139,76 € |
Precio de matrícula por crédito en 4ª matrícula |
193,51 € |
Precio de convalidación por crédito de libre elección |
6,88 € |
Prueba de acceso y servicios de matrícula |
|
Servicios generales |
28,30 € |
Apertura de expediente |
33,96 € |
Seguro escolar |
6,48 € |
Duplicado del carné de estudiante |
11,32 € |
Matrícula de la prueba de acceso en el Conservatorio Superior |
67,91 € |
Programa de la prueba de acceso |
2,15 € |
Impresos de matrícula |
2,15 € |
Certificados |
|
Traslado de expediente |
22,49 € |
Certificado de expediente, fin de grado, solicitud de título y otros |
18,11 € |
Certificado de matrícula |
3,00 € |
Otros servicios |
|
Uso de taquillas |
12,45 € |
Compulsa de documentos |
3,40 € |
Máquina de autoservicio de fotocopias |
0,11 € |
1.1. Asignaturas sin docencia
En el caso de la matrícula de asignaturas declaradas sin docencia porque el plan de estudios del cual formaban parte se ha extinguido o por cualquier otro motivo, si se ofrecen exclusivamente los exámenes finales y las tutorías voluntarias, se tiene que abonar sólo el 25% de la tarifa ordinaria. En caso de que se ofrezca un sistema de tutorías programadas o de docencia alternativa, los alumnos tienen que abonar el importe íntegro por servicios académicos.
1.2. Minusvalía
Los alumnos con un grado de minusvalía del 33% o superior tienen derecho a la exención total de tasas y precios públicos en las enseñanzas que conducen a la obtención de un título de grado superior de música.
Para poder acogerse a esta exención, las personas interesadas tienen que acreditar, en el momento de formalizar la matrícula, la resolución o el certificado del grado de minusvalía expedidos por el Centro Base de la Dirección General de Dependencia de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación o el órgano competente de acuerdo con el Real decreto 1414/2006, de 1 de diciembre.
1.3. Becas
Los alumnos solicitantes de una beca tienen que abonar la totalidad de los precios académicos establecidos en esta Resolución (precios y servicios de matrícula) en el momento de formalizar la matrícula. Con respecto al resto de precios académicos, hace falta que los abonen totalmente. También pueden acogerse a la posibilidad de fraccionar el pago, así como a descuentos familia numerosa y matrícula de honor al bachillerato.
1.4. Familia numerosa
Los miembros de familias numerosas tienen derecho a la exención o a la reducción de los precios públicos en las enseñanzas que conducen a la obtención de un título de grado superior de música de acuerdo con su categoría, según las disposiciones vigentes, después de haberlo solicitado al Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y de haber acreditado documentalmente su situación en el momento de la inscripción.
1.5. Menorca y Pitiüses
Los alumnos empadronados en Menorca, Eivissa o Formentera que hayan cursado los estudios musicales en los conservatorios de estas islas tienen una bonificación del 50% en los precios de la matrícula.
1.6. Matrícula de honor
- Matrícula de honor al bachillerato:
Los alumnos que se matriculen por primera vez al primer curso y que puedan demostrar mediante el certificado académico correspondiente que han alcanzado la calificación general de matrícula de honor al bachillerato o a un nivel equivalente disfrutan de los descuentos siguientes:
En el momento de formalizar la matrícula, estos alumnos sólo tienen que satisfacer el 100% de las cuotas de servicios generales y de de expediente (si ) y están exentos de pagar los precios de la matrícula. Con respecto al resto de precios académicos, hace falta que los abonen totalmente.
- Matrícula de honor en las calificaciones del curso anterior:
Los antiguos alumnos que hayan obtenido la calificación de matrícula de honor en una o más asignaturas del curso anterior del Conservatorio Superior disfrutan de la gratuidad de tantos créditos como los de la asignatura calificada con matrícula de honor en el curso anterior.
1.7. Fraccionamiento
Los alumnos pueden fraccionar los precios correspondientes a la matrícula en dos pagos de la misma cantidad. El primero se tiene que abonar cuando se formaliza la matrícula y el segundo, a lo largo de la segunda quincena del mes de diciembre, circunstancia que se tiene que hacer constar en el documento de autoliquidación.
1.8. Forma de pago
Una vez calculados los costes de matriculación y de los servicios académicos, la persona interesada tiene que ingresar la cantidad resultante en una cuenta bancaria de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears en el plazo que se establezca en las instrucciones dictadas por la dirección del centro. El impago de las tasas de matriculación y de los servicios académicos supone la anulación automática de los derechos correspondientes a la matrícula del alumno al Conservatorio Superior.