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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 13364
Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, de 24 de agosto de 2015, de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de los locales ubicados en la calle de Abad y Lasierra, núm. 47, de Ibiza, que incluye una plaza de aparcamiento en la calle Vicente Serra Orvay, núm. 22, de Ibiza (PRO02 2015/2150)

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Texto

Hechos

1. El 15 de junio de 2004 se firmó un contrato de arrendamiento de los dos locales situados en la calle de Abad y Lasierra, núm. 47, bajos, de Ibiza, entre la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y la Sra. María del Carmen Castellón Viñas, titular de los locales, por un plazo de dos años, desde el 1 de junio de 2004 hasta el 31 de mayo de 2006.

La cláusula tercera de este contrato estipula literalmente que "Una vez transcurrido el plazo inicial de este contrato, ambas partes pueden dar por terminado el arrendamiento o prorrogarlo por igual período, siempre que ambas partes estén de acuerdo al menos con un mes de antelación”.  

2. Este contrato se ha ido prorrogando expresamente, por primera vez, hasta el 31 de mayo de 2008; por segunda vez, hasta el 31 de mayo de 2010; por tercera vez, hasta el 31 de mayo de 2012 y, por cuarta vez, hasta el 31 de mayo de 2014 (esta cuarta vez la prórroga fue tácita).   

En la cláusula primera de la tercera prórroga, firmada el 1 de junio de 2010, se incluyó la modificación de la cláusula tercera del contrato de alquiler, consistente en establecer la prórroga tácita, que producirá efectos "si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualesquiera de las dos partes (...) con tres meses de antelación al vencimiento”.

3. El 19 de mayo de 2014 tuvo entrada en el registro de la Consejería de Hacienda y Presupuestos, la solicitud de la tramitación de la quinta prórroga del arrendamiento de los Servicios de Contratación de la Consejería de Familia y Servicios Sociales de 15 de mayo de 2014, por el período comprendido entre el 1 de junio de 2014 y el 31 de mayo de 2016. En la solicitud se adjuntaba diversa documentación.

4. Detectada una carencia en fecha 26 de mayo de 2014 (informe del cálculo del precio de la prórroga y su adecuación actual al precio del mercado), se informó al secretario general de la Consejería de Familia y Servicios Sociales.

5. Ante la imposibilidad de subsanar la deficiencia antes del día 1 de junio de 2014 (fecha de la prórroga tácita), el secretario general de la Consejería de Familia y Servicios Sociales pidió al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio en fecha 27 de mayo de 2014, que continuara con la tramitación ordinaria del procedimiento y que del informe se daría traslado lo antes posible.

6. Así, en fecha 28 de mayo de 2014, el Servicio de Patrimonio dio traslado de toda la documentación adecuada a la Intervención General.

7. En fecha 22 de septiembre de 2014, se comunicó a la Consejería de Familia y Servicios Sociales lo siguiente: el día 17 de junio de 2014 tuvo entrada en el registro de la Consejería de Hacienda y Presupuestos el informe desfavorable de la Intervención Delegada, poniendo de manifiesto carencias con la documentación presentada, que a fecha de hoy, no ha sido subsanada por parte de su consejería.

Se debe tener en cuenta que se ha perfeccionado la prórroga del contrato con ausencia de fiscalización previa y de la documentación preceptiva para su tramitación, y en consecuencia, se procederá de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 del Decreto 62/2006, de 7 de julio, por el que se regula el régimen de control interno que ejerce la Intervención General.

Asimismo, se les pidió que subsanaran las deficiencias requeridas por la Intervención lo antes posible, a fin de poder continuar con la tramitación del procedimiento.

8. En fecha 2 de diciembre de 2014, tuvo entrada en el Servicio de Patrimonio del oficio del Jefe de Sección de Contratación de la Consejería de Familia referente a la subsanación de los reparos requeridos por la Intervención Delegada de la Consejería de Familia y Servicios Sociales en el informe de fecha 9 de junio de 2014. Así, el mismo día 2 de diciembre, se dio traslado a dicha Intervención Delegada.

9. El día 9 de diciembre de 2014 tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Presupuestos el informe desfavorable de la Intervención Delegada del expediente referenciado, poniendo de manifiesto discrepancias y necesidad de subsanar la documentación presentada. Ante esta situación, en fecha 2 de febrero de 2015 se pidieron instrucciones a la Consejería de Familia, toda vez que las carencias continuaban sin ser enmendadas.

10. Así, en fecha 30 de marzo de 2015, el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio consideró que la Consejería de Familia había desistido del procedimiento y procedió al cierre del expediente.

11. En fecha 12 de mayo de 2015, ha tenido entrada en el registro de la Consejería de Hacienda y Presupuestos, nueva solicitud de tramitación de la quinta prórroga del arrendamiento de los locales ubicados en la calle de Abad y Lasierra, núm. 47, bajos, de Ibiza, para destinarlos al Servicio de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad de la Dirección General de Servicios Sociales (Centro Base de Ibiza), por el período comprendido entre el 1 de junio de 2014 y el 31 de mayo de 2016. En la solicitud se acompañó la siguiente documentación:

-Documento RF.

-El informe del secretario general de la Consejería Familia y Servicios Sociales, justificativo de la necesidad y conveniencia de prorrogar el contrato de arrendamiento, por una renta mensual de € 2,533.23 mensuales (IVA incluido), que hacen un total de gasto de € 60.797,52, a cargo de las partidas presupuestarias 17101G / 313K01 / 20200/00 y 17101G / 313K99 / 20200/00.

-Informe sobre la adecuación al precio de mercado.

-Informe de gastos plurianuales.

-Propuesta de la consejera de Resolución de inicio.

-Fotocopia del contrato de arrendamiento inicial y sus cuatro prórrogas.

-Borrador de la quinta prórroga.

-Propuesta del secretario general de autorización y disposición del gasto.

-Borrador de la resolución del consejero de Familia y Servicios Sociales de autorización y disposición del gasto.

-Conformidad de la contratista.

12. En fecha del 29 de mayo de 2015 la Intervención General emite un informe de disconformidad por no ajustarse el arrendamiento al precio de mercado.

13. En fecha del 29 de julio la Secretaria General de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación envió el Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha de 24 de julio de 2015 donde se prorroga tácitamente el contrato de arrendamiento de los locales ubicados en el calle Obispo Abad y Lasierra núm. 47 de Ibiza, desde el 1 de junio de 2014 hasta el 31 de mayo de 2016. Y asimismo, en dicho acuerdo se considera justificada la adecuación actual al precio de mercado.

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 49, de 24 de abril de 2001), que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y ​​el artículo 87.i de la misma ley, que atribuye al consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles.

2. Los artículos 131 a 138 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 192, de 24 de diciembre de 2005).

3. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

6. El Decreto 71/2015, de 17 de julio, por el que se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 108, de 17 de julio).

7. El contrato principal de arrendamiento, celebrado el 15 de junio de 2004.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 88 de la Ley 6/2001, dicto la siguiente:

Resolución

1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la quinta prórroga tácita del contrato de arrendamiento que comprende los dos locales señalados con el núm. 47, derecha e izquierda, bajos de la calle de Abad y Lasierra, y la plaza de aparcamiento ubicado en la calle Vicente Serra Orvay, núm. 22, de Ibiza, con la propietaria de los referidos locales, la Sra. María del Carmen Castellón Viñas, a contar desde el 1 de junio de 2014 hasta el 31 de mayo de 2016, por una renta mensual de € 2,533.23 mensuales (IVA incluido), que hacen un total de gasto de 60.797,52 €, con cargo a las partidas presupuestarias 17101G / 313K01 / 20200/00 y 17101G / 313K99 / 20200/00, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, donde se ubica el Servicio de Valoración y orientación de personas con Discapacidad de Ibiza.

2. Notificar esta Resolución a la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, sin perjuicio de que se tenga que tramitar el correspondiente procedimiento económico financiero.

3. Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares las características principales de este arrendamiento, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 138 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma, 24 de agosto de 2015

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Francesc Colom Coll