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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Núm. 13357
Resolución de la concesión de la IV Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El consejero ejecutivo de Economía y Hacienda del Consejo de Mallorca, el 12 de agosto de 2015, ha dictado la siguiente Resolución:

"El vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes, el 10 de abril de 2015, dictó, entre otras, una resolución por la cual se aprobó la Convocatoria de la IV edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2015, y autorizó el gasto de 7.000 € a cargo de la aplicación presupuestaria 20 43900 48100 premios, Becas y Premios Artesanía" (BOIB nº. 56, de 18.04.2015).

En la convocatoria mencionada consta la composición del jurado así como la fecha concreta de reunión.

El 30 de junio de 2015 se ha levantado acta de la reunión del jurado calificador.

El 2 de julio de 2015 se ha emitido informe jurídico favorable a la adopción de la presente resolución

El 7 de agosto de 2015, la Intervención ha emitido informe de fiscalización de conformidad (N/Ref: FS-052.02.15).

En virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 1.f) con relación al artículo 6.i) del Decreto de la Presidencia, de 10 de julio de 2015, de Organización del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 109, de 18 de julio) y la base 24.5 de las de ejecución del Presupuesto de 2015,

RESUELVO

1. CONCEDER los premios de la IV Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2015 a:

  •  Para la Categoría A: Premio diseño Mallorca 2015: Sr. Damià Mulet Vanrell, con DNI 78.211.945-P.
  •  Para la Categoría B: Premio Producto Mallorca 2015: Sr. Julio Servera Viedma, con DNI 43.045.682-D.
  •  Para la Categoría D: Premio Impulso Artesanía Mallorca 2015: Sra. Petya Vasileva Tsekova, con DNI X-5170741-L.

2. DECLARAR desierta la Categoría C: Premio Trayectoria Artesana Mallorca 2015.

3. ADJUDICAR, RECONOCER I LIQUIDAR las obligaciones siguientes (operación contable A220150005890):

- DOS MIL EUROS (2.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 20 43900 48100 a favor del Sr. Damià Mulet Vanrell, DNI 78.211.945-P, como ganador de la Categoría A: Premio Diseño de Mallorca 2015.

- DOS MIL EUROS (2.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 20 43900 48100, a favor del Sr Julio Servera Viedma, DNI 43.045.682-D, como ganador de la Categoría B: Premio Producto Mallorca 2015.

- MIL QUINIENTOS EUROS (1.500,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 20 43900 48100, a favor de la Sra. Petya Vasileva Tsekova, con DNI X-5170741-L, como ganadora de la Categoría D: Premio Impulso Mallorca 2015.

4. ORDENAR el pago de las obligaciones señaladas en el punto anterior.

5. DISPONER que las referencias contenidas en la la Resolución, de 10 de abril de 2015, del Vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes, a dicho Departamento, en lo sucesivo, se tienen que entender realizadas al Departamento de Economía y Hacienda.

6. NOTIFICAR esta Resolución a los interesados y comunicarla a la Intervención General.

7. PUBLICARLA en el Butlletí Oficial de les Illes Balears..

8. SEÑALAR que, contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la publicación. Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a la notificación de la desestimación del recurso de alzada. Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de la resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común."

  

Palma, 25 de agosto de 2015

  

El secretario técnico de Economía y Hacienda

por delegación del consejero ejecutivo de Economía y Hacienda

(Resolución de 21 de julio de 2015, BOIB nº. 113, de 25 de julio)

Joan Ignasi Morey Marquès