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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 13296
Aprobación definitiva de la modificación de las bases de ejecución del Presupuesto general del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany para el año 2015, según acuerdo de pleno de fecha 30 de julio de 2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 169.1 del texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de 30 de julio de 2015, aprobó inicialmente la modificación de las bases de ejecución del Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio de 2015.

Estos acuerdos se han sometido al correspondiente trámite de información pública, mediante anuncio 12530 publicado en el BOIB numero 117 de fecha 4 de agosto de 2015, no habiéndose presentado reclamaciones.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica la base modificada, cuyo contenido es el siguiente:

Base 40. Aportaciones a los Grupos Políticos Municipales

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, a los Grupos Políticos Municipales, legalmente constituidos, y para el funcionamiento de los mismos, se consigna la cantidad de 24.000,00 euros a repartir, según se detalla a continuación: el cincuenta por ciento de la subvención se repartirá a partes iguales entre los partidos políticos y el cincuenta por ciento restante se repartirá entre el número de regidores de cada partido político.

Los grupos políticos tendrán que llevar una contabilidad específica de la dotación a que se refiere el apartado anterior, que pondrá a disposición del Pleno de la Corporación, siempre que este lo solicite.

2. Esta subvención se pagará trimestralmente y la justificación de los importes recibidos se realizará mediante declaración jurada del Portavoz de cada Grupo de haber destinado el importe recibido a los fines por los que se concedió, contabilidad completa que incluya todos los gastos y facturas de los gastos superiores a 400 euros.

Base 41. Retribuciones Cargos electos con Dedicación y Indemnizaciones por Razón del Servicio

1. De conformidad con lo que dispone el artículo 75.2 de la Ley de Bases de Régimen Local, y de acuerdo con el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 03 de julio de 2015 los regidores en régimen de dedicación parcial o exclusiva, percibirán las siguientes cantidades en 14 pagas:

Dedicaciones exclusivas:

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Deportes y Relaciones Institucionales, percibirá una retribución anual bruta de 30.643,76 €.

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Servicios Sociales, Sanidad y Limpieza de Edificios Públicos, percibirá una retribución anual bruta de 30.643,76 €.

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Turismo, Transporte Público y Movilidad, percibirá una retribución anual bruta de 30.643,76 €.

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Equipamientos municipales y Infraestructuras,

percibirá una retribución anual bruta de 30.643,76 €.

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Limpieza, Medio Ambiente y Vía Pública, percibirá una retribución anual bruta de 30.643,76.

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Fiestas, Transparencia, Participación y Atención Ciudadana, percibirá una retribución anual bruta de 30.643,76 €.

Dedicaciones parciales:

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Gobernación, Interior y Protección Civil, en régimen de dedicación parcial al 80%, percibirá una retribución anual bruta de 29.100,4 €.

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Juventud, en régimen de dedicación parcial al 60%, percibirá una retribución anual bruta de 18.386,26 €.

El cargo que ocupa la regidoría delegada de Urbanismo y Actividades, en régimen de dedicación parcial al 80%, percibirá una retribución anual bruta de 29.100,4 €.

2. Igualmente, de acuerdo con el artículo 75.3 de la Ley antes nombrada, así como el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 03 de julio de 2015 , los miembros de la Corporación, que no tienen ni dedicación exclusiva ni dedicación parcial, percibirán en concepto de indemnizaciones y asistencias, las cantidades anuales siguientes:

- Por asistencia a las sesiones del Pleno: 300 euros.

- Por asistencia a sesiones de Comisiones Informativas y Comisión Especial de Cuentas: 250 euros.

- Por asistencia a sesiones de Junta de Portavoces: 200 euros.

- Por asistencia a sesiones de Junta de Gobierno: 300 euros.

- Por asistencia a sesiones de Mesa de Contratación: 100 euros.

3. Los gastos por desplazamientos fuera de la isla, se presentaran en el departamento de intervención para proceder a su abono, una vez aprobados, siempre que exceda de las cantidades asignadas en concepto de dietas, de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, referentes a indemnizaciones por razón del servicio.

4. Los regidores de la Corporación que formen parte como vocales de Tribunales que se constituyan para la selección de personal funcionario y laboral de este Ayuntamiento, tendrán derecho a percibir las asignaciones establecidas en la normativa vigente por la asistencia a los referidos tribunales.

 

Sant Antoni de Portmany, a 25 de agosto de 2015

El Alcalde,
José Tur Torres