Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 13203
Notificación de la Resolución de Denegación de ayuda, solicitada por exp. 28/2009, para el ejercicio 2014 ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para Fomentar las razas autóctonas en peligro de extinción y el mantenimiento de pastos tradicionales
Notificación de la Resolución de Denegación de ayuda, solicitada por exp. 28/2009, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2014 por la que se convocan, para el ejercicio 2014 ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para Fomentar las razas autóctonas en peligro de extinción y el mantenimiento de pastos tradicionales.
El apartado 9.3 de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2014 por la que se convocan para el ejercicio 2014, ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para Fomentar las razas autóctonas en peligro de extinción y el mantenimiento de pastos tradicionales, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
El expediente ha estado tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El vicepresidente del FOGAIBA, a fecha 10 de agosto de 2015, firma la siguiente Resolución:
“RESOLUCIÓN DENEGATORIA referente al expediente núm. 28/2009 de solicitud de ayuda presentada por (datos personales ocultos)RRER, en relación a la línea de ayuda para la prórroga de los compromisos asumidos para fomentar las razas autóctonas en peligro de extinción y el mantenimiento de pastos tradicionales. (Convocatoria 2014)
Hechos
Fundamentos de derecho
Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005; Reglamento (CE) núm. 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2.006; Reglamento (CE) núm. 1975/2006 de la Comisión, de 07 de diciembre de 2006; Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2007-2013; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; Texto refundido de la Ley de subvenciones (Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre); Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 4 de diciembre de 2012, por la cual se modifica la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2007, y se aprueba el Texto Refundido de la Orden de bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de les Islas Baleares 2007-2013. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2014 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2014, de las ayudas para la prórroga de los compromisos al fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción y el mantenimiento de pastos tradicionales.
El punto 1 c) del ’apartado tercero de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2014 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2014, de las ayudas para la prórroga de los compromisos al fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción y el mantenimiento de pastos tradicionales establece como requisitos de los beneficiarios que se comprometan a mantener los compromisos asumidos en la convocatoria anterior (2009), durante el año 2014.
Por ello, y de acuerdo con el apartado 13.6 de la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 18 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares, visto el expediente y atendiendo a la propuesta de resolución de fecha 25/05/2015, el vicepresidente del FOGAIBA formula la siguiente:
RESOLUCIÓN
DENEGAR la subvención solicitada por (datos personales ocultos)(datos personales ocultos), en el marco de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2014, de las ayudas para la prórroga de los compromisos asumidos para fomentar las razas autóctonas en peligro de extinción y el mantenimiento de pastos tradicionales.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.”
Palma, 12 de agosto 2015
El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina