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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 13181
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre la Ampliación de la autorización para gestión de residuos promovido por la empresa Reciclaje y Recuperación, Palma. (160a/14)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 31 de marzo de 2015,

CONSIDERANDO

1.Que el objeto del proyecto es la ampliación de la autorización como gestor de residuos de la empresa Reciclaje y recuperación SL con los residuos de plástico y envases de plástico.

2.Que la actividad se desarrolla en suelo urbano con uso industrial, en zona clasificada con riesgo moderado de contaminación de acuíferos, fuera de espacios natural protegido, fuera de espacio Red Natura 2000 y fuera de área de prevención de riesgos.

3.Que el documento ambiental cumple con el contenido del artículo 41.2 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, excepto que no se establece el seguimiento de las medidas propuestas

4.Que se ha realizado la consulta al Ayuntamiento de Palma

5.Que se han analizado los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006 de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas, y no se prevé que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, en concreto:

a.Por las características del proyecto, se trata de un proyecto de pequeñas dimensiones, que la actividad se desarrolla dentro de una nave del polígono industrial, con conexión a los servicios municipales.

b.El proyecto se desarrolla en suelo clasificado como Suelo Urbano de uso industrial, zona clasificada con riesgo moderado de contaminación de acuíferos, fuera de área de prevención de riesgos, fuera de espacio natural protegido y fuera de espacio Red Natura 2000. Teniendo en cuenta que se trata de suelo industrial, no se considera necesario solicitar informe a la Dirección general de Recursos Hídricos, en cuanto a la contaminación de acuíferos.

c.Por las características del proyecto no se supera la capacidad de carga del medio natural. Las actuaciones se llevan a cabo en una nave construida en un polígono industrial, por lo cual no se afecta a ninguna zona de especial protección, ni a ningún elemento del patrimonio cultural

d.Se trata de un proyecto de reducido ámbito, sin impactos transfronterizos, se evalúan los impactos durante las fases de funcionamiento y se establecen medidas para disminuir el impacto y no se espera la generación de impactos significativos sobre el medio, siempre que se apliquen las medidas correctoras del documento ambiental

 

ACUERDA

no sujetar a evaluación de impacto ambiental el proyecto “Ampliación autorización para la gestión de los residuos” en el TM de Palma, promovido por la empresa Reciclaje y Recuperación, porque no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente de acuerdo con los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas, con el siguiente condicionante:

Se tendrá que realizar el seguimiento de las medidas propuestas y se tendrá que establecer un responsable del cumplimiento de las mismas.

Este informe se emite sin perjuicio de las cuestiones territoriales y urbanísticas competencia de otras administraciones públicas y de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.

Palma, 7 de agosto de 2015

El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias