Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 13180
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre la Instalación de gestión de residuos promovido por Elimina SL en la calle Francesc Vallduví, 18 local 8 del polígono Ca’n Valero, Palma. (179a/14)
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 31 de marzo de 2015,
“CONSIDERANDO
1.Que el objeto del proyecto es la solicitud de autorización para la gestión de residuos no peligrosos (material confidencial-papel) y este sea almacenado y triturado en la instalación, una vez triturado se procede a la entrega de los residuos a gestores autorizados.
2.Que la actividad se desarrolla en suelo urbano con uso industrial, en zona clasificada con riesgo moderado de contaminación de acuíferos, fuera de espacios natural protegido, fuera de espacio Red Natura 2000 y fuera de área de prevención de riesgos.
3.Que el documento ambiental cumple con el contenido del artículo 41.2 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre.
4.Que la empresa dispone de certificación ISO 14001:2004.
5.Que se ha realizado la consulta al Ayuntamiento de Palma.
6.Que se han analizado los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006 de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas, y no se prevé que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, en concreto:
a. Por las características del proyecto, se trata de un proyecto de pequeñas dimensiones, que la actividad se desarrolla dentro de una nave del polígono industrial, con conexión a los servicios municipales.
b. El proyecto se desarrolla en suelo clasificado como Suelo Urbano de uso industrial, zona clasificada con riesgo moderado de contaminación de acuíferos, fuera de área de prevención de riesgos, fuera de espacios natural protegido y fuera de espacio Red Natura 2000. Teniendo en cuenta que se trata de suelo industrial, no se considera necesario solicitar informe a la Dirección general de Recursos Hídricos, en cuanto a la contaminación de acuíferos.
c. Por las características del proyecto no se supera la capacidad de carga del medio natural. Las actuaciones se llevan a cabo en una nave construida en un polígono industrial, por lo cual no se afecta a ninguna zona de especial protección, ni a ningún elemento del patrimonio cultural.
d. Se trata de un proyecto de reducido ámbito, sin impactos transfronterizos, se dispone de un procedimiento de control y seguimiento de los aspectos ambientales de la actividad y no se espera la generación de impactos significativos sobre el medio, siempre que se apliquen las medidas correctoras del documento ambiental
ACUERDA
no sujetar a evaluación de impacto ambiental el proyecto “Instalación gestión de residuos promovido por Elimina SL en la calle Francesc Vallduví, 18 local 8 del polígono Ca’n Valero” en el TM de Palma, porque no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente de acuerdo con los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas.
Este informe se emite sin perjuicio de las cuestiones territoriales y urbanísticas competencia de otras administraciones públicas y de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.”
Palma, 7 de agosto de 2015
El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias