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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 12976
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre el Parque verde en las parcelas 153-155 del polígono 21, Selva. (192a/14)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 5 de febrero de 2015,

CONSIDERANDO

1.Que el objeto del proyecto es la construcción de un Parque Verde en el TM de Selva en las parcelas 153 155 del polígono 21, con una superficie total de 1.074 m².

2.Que las actuaciones que se pretenden llevar a cabo se desarrollan en suelo clasificado como Área de Transición de Armonización en zona clasificada con vulnerabilidad de acuíferos baja, fuera de espacios natural protegido, fuera de espacio Red Natura 2000, fuera de áreas de prevención de riesgos, con una franja en área de protección territorial de carreteras.

3.Que los residuos peligrosos se almacenarán bajo cubierta, dentro de contenedores y cajas adecuadas sobre cubetas de retención. El resto de residuos también se recogerán dentro de contenedores y con las máximas garantías de seguridad.

4.Que se pavimentará el solar y se dispondrá de dos zonas verdes ajardinadas y una pantalla vegetal para disminuir el impacto visual.

5.Que se conectará a la red eléctrica existente, se recogerá el agua de lluvia para su reutilización en la instalación y se dispone de una fosa séptica, pero no se indica cómo se vaciará la misma.

6.Que se identifican y se valoran los impactos en la fase de construcción y funcionamiento, se toman medidas protectoras y correctoras para evitar los impactos generados y se indica que se designará el personal adecuado para llevar a cabo el seguimiento.

7.Que se han solicitado los informes a las administraciones previsiblemente afectadas, y se ha recibido entre ellos el informe de la Dirección Insular de Carreteras.

8.Que se han analizado los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006 de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas, no se prevé que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, en concreto:

a.Por las características del proyecto, se trata de un proyecto de pequeñas dimensiones, se conectará a las redes de servicios existentes, se realiza una correcta gestión de los residuos generados, se impermeabilizará el suelo para evitar contaminación, se dispondrá una pantalla vegetal, se minimiza el consumo de recursos, se dispone de fosa séptica.

b.El proyecto se desarrolla en suelo clasificado como suelo rústico común-AT Armonización, zona clasificada con riesgo bajo de contaminación de acuíferos, una pequeña área en APT de Carreteras, fuera de área de prevención de riesgos, fuera de espacios natural protegido y fuera de espacio Red Natura 2000.

c.Por las características del proyecto no se supera la capacidad de carga del medio natural.

d.Se trata de un proyecto de reducido ámbito, sin impactos transfronterizos, se evalúan los impactos durante las fases de construcción y funcionamiento y se establecen medidas para disminuir el impacto.

ACUERDA

NO SUJETAR EL “PROYECTO DE PARQUE VERDE EN LAS PARCELAS 153-155 DEL POLÍGONO 21, TM DE SELVA” a evaluación de impacto ambiental, porque no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en base a los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006, siempre y cuando se cumpla con los condicionantes siguientes:

1.Se tendrá que evitar los posibles olores generados durante el desarrollo de la actividad, mediante la limpieza periódica de los contenedores.

2.La pantalla vegetal se tendrá que revisar periódicamente para comprobar si existen árboles muertos y sustituirlos.

3.Se tendrá que realizar una correcta gestión de los residuos originados al separador de grasas.

Y este acuerdo se emite sin perjuicio de las cuestiones territoriales, urbanísticas, competencias otras administraciones.”

 

Palma,  7 de agosto de 2015

El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias