Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 12730
Publicación Convenio entre el Consejo Insular de Menorca y los ayuntamientos de Menorca para la prestación del servicio de formación cultural complementaria para personas adultas (curso 2015-2016)
Expediente número: 936/2015
De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, hacemos público el Convenio entre el Consejo Insular de Menorca y los ayuntamientos de Menorca para la prestación del servicio de formación cultural complementaria para personas adultas (curso 2015-2016), que literalmente dice:
«CONVENIO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE MENORCA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE MENORCA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE FORMACIÓN CULTURAL COMPLEMENTARIA PARA PERSONAS ADULTAS (CURSO 2015-2016)
REUNIDOS
De una parte el señor Santiago Tadeo Florit, presidente del Consejo Insular de Menorca;
Y de otra parte la señora Águeda Reynés Calvache, alcaldesa de Mahón; el señor Ramón Sampol Antich, alcalde de Ciudadela; la señora Misericordia Sugrañes Barenys, alcaldesa de Alaior; el señor Lluís Camps Pons, alcalde des Castell; el señor Cristóbal Coll Alcina, alcalde de Sant Lluís; el señor Manuel Monerris Barberá, alcalde de Ferreries; el señor Francesc Xavier Almendro Pons, alcalde des Mercadal, y el señor Pere Moll Triay, alcalde des Migjorn Gran.
Todas las partes nos reconocemos mutuamente la capacidad necesaria para formalizar este convenio.
ANTECEDENTES
I. El Consejo Insular de Menorca y los ayuntamientos de la isla firmaron día 1.9.2004 un convenio para la prestación del servicio de enseñanza de educación de personas adultas de Menorca para el periodo 2004-2008, el cual se prorrogó por un periodo de 4 años.
El 23 de mayo de 2012 se firmó un convenio para el curso 2012-2013, el 10 de julio de 2013 para el curso 2013-2014 y el 11 de julio de 2014 para el curso 2014-2015, el cual está vigente hasta el 31 de agosto de 2015.
II. El Consejo Insular de Menorca adjudicó a la empresa Servicios Educativos de Menorca el contrato de gestión mediante concesión del servicio complementario de enseñanza de educación de personas adultas por concurso en procedimiento abierto. El plazo de la concesión era de 4 años contados desde la fecha de la formalización (firmado el 1.9.2004), sin perjuicio que pudiera ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes antes de que acabara el contrato hasta un máximo de 25 años.
En fecha 1.9.2008 se acordó aprobar la prórroga del contrato por un periodo de cuatro años; en fecha 27.6.2012 se firmó una nueva prórroga del contrato con vigencia hasta el 1 de septiembre de 2013, y en fecha 6.8.2013 se firmó una modificación y prórroga del contrato con vigencia hasta el 1 de septiembre de 2014. La última prórroga del contrato se firmó en fecha 29 de agosto de 2014 y tiene vigencia hasta el 1 de septiembre de 2015.
III. Para el curso 2015-2016 el Consejo Insular de Menorca y los ayuntamientos de la isla únicamente financiarán clases complementarias no regladas que no tienen otra finalidad que fomentar y estimular el nivel cultural de las personas adultas, función comprendida en el ámbito de las competencias tanto de los ayuntamientos (a los cuales corresponde la promoción de la cultura y los equipamientos culturales de acuerdo con el artículo 25.2 letra m LBRL) y del Consejo Insular de Menorca (36.16 letras b y d LBRL).
IV. Durante los últimos once años la empresa adjudicataria ha prestado el servicio de manera satisfactoria, y se tiene previsto proponer la prórroga del contrato por un año más. En cuanto al curso 2015/2016, se ha acordado con la empresa concesionaria que se encargue de las tareas de gestión de los cursos entre el 10.9.2015 y el 30.6.2016 y que el periodo lectivo sea del 5.10.2015 al 15.5.2016. Además se prevé que realice tareas de coordinación en todos los municipios, excepto Mahón y Ciudadela.
VI. Tanto el Consejo como los ayuntamientos tienen la voluntad de establecer un nuevo convenio de colaboración, por un año, el cual se regirá por los siguientes
PACTOS
PRIMERO. El Consejo Insular de Menorca y los ayuntamientos de la isla, con el fin de complementar la oferta cultural de las persones adultas respecto a la formación reglada que ofrece la Administración educativa competente, se comprometen a colaborar en la formación cultural para adultos, en los centros de educación de personas adultas de Menorca, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Islas Baleares.
SEGUNDO. El Consejo Insular de Menorca se encargará de contratar los servicios para la formación cultural complementaria de las persones adultas, con un coste previsto máximo para el curso 2015/2016 de 239.240 €.
TERCERO. Los ayuntamientos que firman este convenio se comprometen a aportar al Consejo Insular de Menorca, para la contratación de este servicio de formación cultural complementaria de las persones adultas, el curso 2015-2016, la cantidad total máxima de 142.805,40 € de los cuales 57.122,16 € corresponden al ejercicio presupuestario de 2015 (para los meses de septiembre a diciembre) y la cantidad de 85.683,24 € al ejercicio presupuestario del año 2016 (para los meses de enero a junio), de acuerdo con la distribución siguiente:
|
2015 |
2016 |
TOTAL |
---|---|---|---|
Mahón |
8869,50 € |
13304.25 € |
22173.75 € |
Ciutadella |
8869.50 € |
13304.25 € |
22173.75 € |
Alaior |
7928.90 € |
11893.35 € |
19822.25 € |
Es Mercadal |
7928.90 € |
11893.35 € |
19822.25 € |
Ferreries |
7928.90 € |
11893.35 € |
19822.25 € |
Es Castell |
6173.30 € |
9259.95 € |
15433.25 € |
Sant Lluis |
6173.30 € |
9259.95 € |
15433.25 € |
Es Migjorn Gran |
3249.86 € |
4874.79 € |
8124.65 € |
TOTAL |
57122.16 € |
85683.24 € |
142.805.40 € |
CUARTO. Los ayuntamientos aportarán los locales donde se desarrollará esta formación cultural de adultos así como su mantenimiento.
QUINTO. El servicio tiene carácter insular y la empresa contratista prestará sus servicios en las escuelas de adultos de todos los municipios de Menorca en conformidad con el programa anual aprobado previamente por el Consejo Insular de Menorca y con un número máximo de horas semanales de permanencia en el centro de 262.
De las anteriores, 240 horas semanales serán de formación y estarán distribuidas de la manera siguiente:
* En caso de que la empresa contratista justifique que las horas dedicadas a coordinación no son suficientes, se podrán realizar hasta 5,5 h semanales complementarias a repartir entre los municipios que lo necesiten.
SEXTO. La empresa contratista contratará a los maestros y el personal para atender las necesidades del servicio, que dependerá exclusivamente del concesionario, impartirá los cursos en conformidad con la planificación y programación aprobada y al plan anual de actividades, y gestionará todos los aspectos administrativos para la prestación del servicio, en los términos previstos en el contrato.
SÉPTIMO. Este convenio tendrá vigencia desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el 31 de agosto de 2016.
OCTAVO. El convenio se rescindirá por acuerdo de las partes o por incumplimiento de las obligaciones que se han establecido, por incumplimiento del plazo pactado y por la imposibilidad sobrevenida, legal o material, de poder llevar a cabo el objeto del convenio.
En prueba de conformidad, firmamos este convenio en el lugar y la fecha mencionados más abajo.
Mahón, 18 de mayo de 2015».
La alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys