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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 12726
Nombramiento de los tenientes de alcalde y las delegaciones de competencia en los concejales del Ayuntamiento de Alaior

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Texto

Celebradas las elecciones municipales el pasado día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 6 de junio de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local, se hace público, para general conocimiento, que por resolución de Alcaldía de fecha 2 de julio de 2015, núm. 2015-0629, se aprobaron los nombramientos de los tenientes de alcalde y las delegaciones de competencias en los regidores:

“Haciendo uso de las atribuciones que han sido conferidas a esta Alcaldía en los artículos 21.3, 23.4 y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, teniendo en consideración el que dispone el artículo 29 de la Ley 20/2006, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares,

RESUELVO:

PRIMERO. Delegar a favor del regidor Arturo Pons Reurer, primer teniente de alcalde, la gestión, inspección e impulso de los servicios relacionados con el alumbrado público; el uso, el mantenimiento y la limpieza de parques y jardines; el mantenimiento del mobiliario urbano; la gestión de la Brigada Municipal de Obras, reparaciones y mantenimiento de vías públicas, aparcamientos y de todos los edificios municipales; la gestión, inspección e impulso del área de Seguridad Pública, Orden Público y Policía Local, así como los servicios relacionados con protección civil y la prevención y extinción de incendios; la ordenación del tráfico de vehículos y personas a las vías urbanas, y la resolución de los expedientes sancionadores; la circulación y los taxis; el cementerio, los servicios funerarios y la policía sanitaria mortuoria.

Así mismo, le corresponderá la dirección del personal que afecte los servicios delegados; será de su cargo la gestión de los bienes municipales relacionados con estas áreas; la gestión del personal y, en particular, la negociación colectiva, individual y la representación de la corporación ante las organizaciones sindicales; la aprobación de los planes de vacaciones del personal; la concesión de licencias y permisos; la instrucción de expedientes de personal; la resolución de faltas leves; la oferta pública de ocupación; las bolsas de selección de personal y las propuestas de distribución de retribuciones complementarias que sean fijas y periódicas de acuerdo con los regidores delegados de las áreas.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y demás expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Así mismo, le corresponderá la dirección del personal que afecte los servicios delegados; los parques y jardines, y las zonas verdes públicas.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia, y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

SEGUNDO. Delegar a favor del regidor Emilio Agis Benejam, segundo teniente de alcalde, la gestión, inspección e impulso del área económica de acuerdo con el presupuesto aprobado; la negociación y la propuesta de operaciones de crédito; la planificación de las disposiciones de fondos; la preparación de las cuentas municipales; la gestión del inventario y de los bienes municipales, y los expediente de responsabilidad patrimonial que requieran dictamen del Consejo Consultivo.

Así mismo, le corresponderá la gestión y la coordinación con otras administraciones de las obras públicas de envergadura de que se ejecuten dentro de los municipio, como por ejemplo las obras del Pati de Sa Lluna.

Así como la gestión, inspección e impulso de todas las obras municipales; la salubridad, el saneamiento, instalaciones de depuración de titularidad municipal, estaciones de bombeo y pluviales; de la gestión del abasto del agua potable del municipio y alcantarillado; de la distribución y el suministro de energía eléctrica y de las infraestructuras de telecomunicaciones;

También le corresponderá la gestión, inspección e impulso en materias de vías de comunicación, como por ejemplo la conservación de caminos y vías rurales y sus accesos a los núcleos de población; del mantenimiento y la conservación de los núcleos rurales de Llumena y Biniguarda, de Alaior y el núcleo tradicional de Argentina; la programación, promoción y gestión de viviendas de promoción pública; la aprobación de los planes de seguridad y salud de las obras públicas.

Será a su cargo la gestión de los bienes municipales relacionados con estas áreas: caminos y vías municipales, pozos e instalaciones de los servicios de agua potable, instalaciones de telecomunicaciones, etc.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia, y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

Le corresponde la autorización y disposición de los gastos de su área por importes inferiores a 18.000 euros (IVA no incluido). Le corresponde también la autorización e imposición de gastos del resto de áreas del Ayuntamiento por cantidades superiores a 4.000 euros e inferiores a 18.000 euros (en los dos casos IVA no incluido), previa propuesta del regidor del área correspondiente.

Le corresponde la competencia como órgano de contratación de todos los contratos mayores de 4.000 euros e inferiores a 18.000 euros (en los dos casos IVA no incluido).

Así mismo será el órgano competente para el reconocimiento de las obligaciones cuando su importe sea inferior a 18.000 euros (IVA no incluido).

Le corresponde el desarrollo de la gestión del presupuesto de ingresos así como de la gestión tributaria y de recaudación; elaborar y proponer los proyectos o modificaciones de las ordenanzas reguladoras de los tributos y precios públicos.

TERCERO. Delegar a favor de la regidora Isabel Rodríguez Anglada, tercera teniente de alcalde, la gestión, inspección e impulso del área de cultura, y las relaciones con la Universitat de les Illes Balears, la protección y la gestión del patrimonio histórico-artístico; la biblioteca municipal; gigantes y cabezudos; museos y normalización lingüística; las actividades culturales como la Feria del Libro, exposiciones, cine, charlas y conferencias, conciertos en el convento de Sant Diego, Semana Santa, Aniversario del Pueblo, la Semana del Teatro, actividades culturales de Cala en Porter, Festival de la Canción, Gala Lírica, la Muestra de Artesanía, la Candelera, el concierto de Santa Lucia y otras de nueva creación.

Así mismo le corresponde la gestión del Centro Internacional de Grabado Xalubínia, excepto el aula de dibujo, la sala de actividades ciudadanas y del edificio de la Escuela de Adultos destinadas a cultura.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y demás expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Así mismo, le corresponderá la dirección del personal que afecte los servicios delegados. Será a su cargo la gestión del uso de los bienes municipales relacionados con estas áreas: biblioteca y Centro Internacional de Grabado Xalubínia.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia, y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

QUART. Delegar a favor del regidor Roger Ferrer Kemp, cuarto teniente de alcalde, la gestión, inspección, el impulso y protección del medio ambiente; la gestión y vigilancia de las actividades y usos que se lleven a cabo en las playas, así como su mantenimiento, la conservación y el mantenimiento de las urbanizaciones y los núcleos tradicionales de Calescoves y Son Vitamina; la recogida de basura y limpieza viaria; la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas; la gestión de los bienes municipales relacionados con esta área: desechería, Punto Verde, parcela de instalaciones urbanas de la zona de equipamientos de Cala en Porter.

Con cuyo objeto, se coordinará con todos los responsables de los servicios municipales para garantizar unidad de criterio ante las emprendidas prestamistas de servicios y, en principio, será responsabilidad del regidor delegado de cada servicio la resolución concreta de conflictos que puedan plantearse.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y demás expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Así mismo, le corresponderá la dirección del personal que afecte a los servicios delegados, cuando esta no corresponda al responsable del servicio.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia, y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

QUINTO. Delegar a favor del regidor Cristóbal Marqués Palliser la gestión, inspección e impulso de los servicios sociales municipales y del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) así como los programas de fomento de voluntariado y asociacionismo relacionados con esta materia; la promoción y la reinserción social, y la cooperación con el Tercer Mundo.

Así mismo, le corresponderá la dirección del personal que afecte a los servicios delegados. Será a su cargo la gestión de los bienes municipales relacionados con estas áreas: edificio de Santa Rita para servicios sociales, edificio de la Cruz Roja y centro geriátrico. La gestión, inspección e impulso del área de educación, el fomento para la ocupación y la gestión del uso de los bienes municipales relacionados con esta área: Espacio Rotger, colegio Dr. Comas, colegio Mestre Duran, Escuela de Adultos, Escuela Se Pouet y el aula de dibujo del Centro Internacional de Grabado Xalubínia.

El funcionamientos de los centros de educación primaria y educación infantil, los servicios complementarios de educación, el fomento de la convivencia ciudadana, las actividades formativas y el desarrollo económico local y del polígono industrial, así como la promoción de todo tipo de actividades económicas privadas; el fomento de la ocupación y de los emprendedores, el proyecto del Parc Bit, la creación de viveros de empresas e industrias, el diálogo con las asociaciones profesionales, el uso de nuevas tecnologías y la aplicación efectiva de las medidas de administración electrónica que el Gobierno central quiere emprender dirigidas a la actividad empresarial y comercial; la gestión informática y el desarrollo de la página web municipal y los transportes públicos.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y demás expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Así mismo, le corresponderá la dirección del personal que afecte a los servicios delegados, cuando esta no corresponda al responsable del servicio.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia, y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

SEXTO. Delegar a favor del regidor Rafael Quintana Villalonga la promoción y el fomento del deporte así como los programas de fomento de voluntariado y asociacionismo relacionados con esta materia; la gestión del equipamiento deportivo y la planificación de las actividades deportivas; la gestión de la utilización de las instalaciones deportivas de los centros públicos en horario extraescolar, las instalaciones deportivas de centro públicos en horario extraescolar, las instalaciones deportivas, como por ejemplo la sala M3C, el polideportivo, el campo de fútbol, el campo de fútbol 7, Club Hípico, los parques de patinaje (skatepark) y las instalaciones deportivas de Cala en Porter y el centro socio-cultural y recreativo Antiguo Matadero.

Así mismo también le corresponde el área de juventud y sus instalaciones: Es Bot y Punto de Información Joven; las fiestas populares de Sant Llorenç, Cala en Porter, fiesta de caixers, Navidad (Belén, Fin de año, Reyes, visita del paje) Carnaval y otros de nueva creación.

También se le encomienda la gestión de los mercados y las ferias municipales: mercado de stocks, del campo, mercado de noche, mercado de Cala en Porter, feria de otoño, mercado de Navidad y otros de nueva creación. Así mismo, también le corresponde facilitar el desarrollo económico local.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y demás expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Así mismo, le corresponderá la dirección del personal que afecte a los servicios delegados, cuando esta no corresponda al responsable del servicio.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia, y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

SÉPTIMO. Esta alcaldía se reserva las atribuciones no expresamente delegadas a los regidores o no atribuidas a la Junta de Gobierno.

OCTAVO. Elevar el expediente al interventor para que adopte las medidas oportunas a los efectos de la creación de los programas económicos adecuados a las nuevas competencias por el ejercicio de 2015.

NOVENO. Notificar personalmente la presente Resolución a las personas designadas, que se considerará aceptada tácitamente, siempre que no haya manifestación expresa.

DÉCIMO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal para conocimiento general, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta resolución por parte de la alcaldesa, y dar cuenta al Pleno de la corporación en la primera sesión que se celebre.”

Lo cual se publica para información pública para general conocimiento.

 

Alaior, a 23 de julio de 2015

 

La alcaldesa,

Misericordia Sugrañes Barenys