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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 12723
Resolución de delegación de competencias a favor del Vicepresidente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Presidenta del Instituto Mallorquín de Servicios Sociales, en fecha de hoy, ha dictado la seguientes resolución:

RESOLUCIÓN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS A FAVOR DEL VICEPRESIDENTE

El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común establece que los órganos de las administraciones públicas pueden delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación tienen que indicar expresamente esta circunstancia y se tienen que considerar dictadas por el órgano delegando.

El artículo 8.1 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) prevé que el vicepresidente o la vicepresidenta de la IMAS tendrá las funciones y competencias que le delegue la Presidencia.

El presidente del Consejo de Mallorca nombró el Sr. Javier de Juan Martín vicepresidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

El artículo 7.2 de los Estatutos del IMAS establece las funciones y competencias de la Presidencia de la IMAS.

Es intención de esta Presidencia delegar competencias ejecutivas en el vicepresidente para hacer más ágil y eficaz la gestión de la institución.

Transitoriamente, y mientras no esté aprobada definitivamente la modificación puntual de los Estatutos del IMAS, en ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

RESUELVE:

Primero. Delegar a favor de Javier de Juan Martín, vicepresidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, la facultad resolutoria de los expedientes de las direcciones insulares de Atención a la Dependencia y de Personas con Discapacidad que no tengan contenido económico así como de los nombramientos, ceses y prórrogas de funcionarios interinos y reconocimiento de trienios del personal adscrito a estas direcciones insulares.

Segundo. Delegar a favor de Javier de Juan Martín, vicepresidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales la firma de los convenios de colaboración con otros organismos y entidades públicas el objeto de los cuales tengan relación directa con las materias de las direcciones insulares de Atención a la Dependencia y de Personas con Discapacidad.

Tercero. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que tiene que empezar a vigor el mismo día en que se publique.”

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 27.2 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en fecha 9 de febrero de 2012 (BOIB núm. 28, de 21 de febrero), recurso de altura ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de altura podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de altura podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante el anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquiera otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Palma, 5 de agosto de 2015

 

La secretaria delegada

(BOIB núm. 160, de 14-11-2006)

Inmaculada Borrás Salas