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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 12686
Modificación retribuciones miembros corporación

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Es Castell, celebrado el día 30 de julio de 2015, adoptó este acuerdo:

MODIFICACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL, DEL RÉGIMEN DE ASISTENCIAS DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN, Y DE LAS DOTACIONES ECONÓMICAS A LOS GRUPOS POLÍTICOS.

PRIMERO. Estimar parcialmente el escrito de alegaciones de la Sra. Gomila y el Sr. Gómez en cuanto a la dedicación parcial y tiempo, al régimen de asistencias a órganos colegiados, a la petición de informes al departamento de Intervención; y acordar la modificación , complementando el Punto 1. RÉGIMEN DE DEDICACIONES y el Punto 2. RETRIBUCIONES, del acuerdo “QUINTO. RÉGIMEN DE DEDICACIÓN Y RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN” del Pleno del Ayuntamiento de Es Castell de día 3 de julio de 2015, según el texto siguiente:

1. RÉGIMEN DE DEDICACIONES:

Fijar los cargos que se ejercerán con la dedicación parcial en función del ejercicio de la alcaldía y de los decretos de alcaldía de nombramiento de Tenientes de alcalde y de delegación de funciones de día 18 de junio de 2015:

  • Cargo de alcaldía Sr. Jose Luis Camps Pons.
  • Teniente de alcalde Sr. Florencio Conde Camarós.
  • Tenienta de alcalde Sra. Matilde Mamajón López.
  • Teniente de alcalde Sr. Dionisio Marí Cervantes.
  • Teniente de alcalde Sr. Jaime Fedelich Carretero.
  • Regidora Sra. Begoña Mercadal Jiménez
  • Regidor Sr. Emilio Díez Quevedo

2. RETRIBUCIONES

Establecer para el Sr. Alcalde y para los concejales que se han mencionado en el punto anterior el régimen de retribución siguiente:

RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES PARA DEDICACIONES PARCIALES(Este régimen de retribuciones por dedicación parcial excluye indemnizaciones por asistencias al Pleno de la corporación, a la Junta de Gobierno local, a las Comisiones informativas y a órganos internos y externos; así, los miembros de la Corporación con retribuciones parciales no percibirán indemnización por las asistencias mencionadas). Las retribuciones brutas anuales(para 12 mensualidades) a percibir por los miembros de la corporación que ejercerán su cargo con dedicación parcial son las siguientes:

i) Sr. Jose Luis Camps Pons: En función de las tareas de alcaldía; representación, presidencia y dirección de la administración del Ayuntamiento:

  • La cantidad de 28.800 € anuals que se corresponde con una dedicación parcial del 64%, y con una dedicación mínima de 24 horas semanales.

ii) Sr. Florencio Conde Camarós. Primer Teniente de alcalde: urbanismo, vias públicas y participación ciudadana:

  • La cantidad de 28.800 € anuals que se corresponde con una dedicación parcial del 64%, y con una dedicación mínima de 24 hores semanales.

iii) La Sra. Matilde Mamajón López, Segunda Tenienta de alcalde: Servicios Sociales y  juventud.

- El Sr. Dionisio Marí Cervantes, Tercer teniente de alcalde: Deportes, medio ambiente, cementerio, entorno ciudadano.

- El Sr. Jaime Fedelich Carretero. Cuarto teniente de alcalde: Turismo, comercio, fiestas San Jaime, nuevas tecnologías y acceso a la información.

- La Sra. Begoña Mercadal Jiménez. Personal, orden interno, cultura y educación.

- El Sr. Emilio Díez Quevedo. Hacienda, patrimonio municipal y servicios generales.

La cantidad de 13.200€ anuales para estos concejales que se corresponde con una dedicación parcial del 29.33%, y con una dedicación mínima de 11 horas semanales.

3. Reconocer el derecho de todos los miembros que ejercen su cargo con dedicación parcial a ser dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social, y cotizar por todas las contingencias reguladas en su legislación específica.

4. Acordar publicar íntegramente este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y exponer el anuncio correspondiente en el tablón de anuncios del ayuntamiento para cumplir con lo que se establece en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, a los efectos legales oportunos y hacer público este acuerdo en la sede electrónica del propio ayuntamiento.

SEGUNDO. Desestimar el resto de alegaciones de los escritos de impugnación de los Sr. Gomila y Sr. Gómez, de acuerdo con lo que se ha dicho de la no limitación respecto a las dedicaciones parciales, y también la petición de suspensión cautelar del acuerdo impugnado por ser de contenido económico, indicando los recursos legales procedentes delante del Tribunal contencioso administrativo correspondiente.

 

Es Castell, 31 de julio de 2015

El alcalde
Jose Luis Camps Pons