Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 12655
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 5 de agosto de 2015 de delegación de firma de determinados documentos contables y administrativos en el secretario general de la Consejería de Educación y Universidad
Mediante resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 23 de octubre de 2014 (BOIB n.º 147, de 25 de octubre), se estableció la delegación de firma de determinados documentos contables y administrativos en el secretario general de esta Consejería.
El artículo 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar, en los titulares de los órganos o de las unidades administrativas que dependen de ellos, la firma de las resoluciones y de los actos administrativos en materias de la competencia que tienen atribuida por cualquier título, salvo los supuestos indelegables que establece esta Ley.
Últimamente se han introducido cambios en la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante el Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio). A causa de estos cambios, se considera necesario redactar una nueva resolución para adaptar las delegaciones de firma a la nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación y Universidad.
Por todo ello, de acuerdo con las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Delegar en el secretario general de la Consejería de Educación y Universidad la firma de los actos administrativos y de los documentos contables y administrativos siguientes:
Se exceptúan de la delegación de firma los documentos contables y administrativos relacionados con la gestión del personal docente de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears.
Segundo
Disponer que esta Resolución sustituya a todos los efectos la delegación de firma prevista en la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 23 de octubre de 2014 de delegación de firma de determinados documentos contables y administrativos en el secretario general de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades (BOIB n.º 147, de 25 de octubre).
Tercero
Disponer que esta Resolución tenga efectos a partir del mismo día en que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 5 de agosto de 2015
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà