Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 12532
Resolución por la que se delega ordenar la publicación de edictos del Departamento de Modernización y Función Pública en el Boletón Oficial de las Islas Baleares
En fecha 20 de julio de 2015, esta consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública ha dictado la Resolución siguiente:
"Antecedentes
1. El apartado b) del artículo 2 del Decreto de organización del Consejo Insular de Mallorca, de día 10 de julio de 2015 (BOIB núm. 109, de 18 de julio de 2015), dice que los consejeros ejecutivos tienen la atribución de ordenar la publicación de las resoluciones y los edictos, en relación con las materias propias del departamento, en publicaciones oficiales y otros medios de comunicación social.
2. A Nivel de la nueva regulación del Boletín Oficial de las Islas Baleares, en relación con el procedimiento de envío telemático de los documentos que se tienen que publicar y atendida la conveniencia de agilizar el envío de los anuncios que se tienen que publicar, se ha creado el registro automatizado, adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, de autoridades y personal facultados para ordenar la inserción de los textos mediante la firma electrónica en el marco de la nueva aplicación informática Edictos.
Fundamento
El segundo párrafo del artículo 2 del mencionado Decreto de organización, prevé que los consejeros ejecutivos y las consejeras ejecutivas puedan delegar esta orden de publicación en favor de las personas responsables de las secretarías técnicas y de las direcciones insulares.
Por lo tanto,
RESUELVO:
1. Delegar la atribución de orden de publicación de las resoluciones y los edictos en relación con la materia propia del departamento de Modernización y Función Pública en la persona titular de la secretaría técnica del Departamento, así como en las personas que lo sustituyen para los supuestos de enfermedad o ausencia legal o reglamentaria.
Esta delegación no afecta a la firma de las notificaciones de las resoluciones de los consejeros y las consejeras ejecutivas, así como de los acuerdos del Consejo Ejecutivo, delegadas en favor de las cabezas de servicio de acuerdo con los decretos de 16 de abril de 2014 y de 17 de septiembre de 2012.
En todo caso, corresponde en estas cabezas de servicio remitir telemáticamente los edictos al BOIB.
2. Esta Resolución empieza a regir el mismo día que se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares."
Palma, 28 de julio de 2015
La consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública
Maria del Carmen Palomino Sánchez