Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 12525
Resolución de la consejera de Salud, por la que se adjudica, por el procedimiento de libre designación, la plaza de subdirectora asistencial del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con contrato de alta dirección
Antecedentes
El 18 de julio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la consejera de Salud, por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo de subdirector/subdirectora asistencial, con contrato de alta dirección, regulado por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
El 31 de julio de 2015 se reunió la Comisión de Valoración con el fin de examinar las solicitudes presentadas y evaluó las personas aspirantes. Según se desprende del acta de la reunión, para cubrir el puesto convocado se presentaron dos personas candidatas, de las cuales solo una cumplía los requisitos para ser designada adjudicataria de dicho puesto. Por ello, vista la documentación aportada, se considera conveniente adjudicar la plaza a la señora Rosa Elena Duro Robles, dado que acredita una formación y una experiencia adecuadas.
Consideraciones jurídicas
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
Adjudicar el puesto de trabajo de subdirectora asistencial del Servicio de Salud de las Islas Baleares a la señora Rosa Elena Duro Robles, dado que cumple los requisitos exigidos en la convocatoria y acredita una formación y una experiencia adecuadas e idóneas para ocupar el cargo.
Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 31 de julio de 2015
El director general
Julio Miguel Fuster Culebras
Por delegación de firma del consejero de Salud, Familia
y Bienestar Social (Resolución de 12 de septiembre de 2012)