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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 12519
Adjudicación correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas para la realización de intervenciones arqueológicas y / o paleontológicas en la isla de Mallorca para el año 2015

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Texto

En la sesión de 29 de julio de 2015 el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca aprobó el siguiente acuerdo:

"El día 18 de marzo de 2015, el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca acordó aprobar la Convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas para la realización de intervenciones arqueológicas y / o paleontológicas en la isla de Mallorca para el año 2015 y autorizar el gasto total de  160.000,00 € del presupuesto del año 2015, distribuidos de la siguiente manera: 60.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33620.78903 y 100.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 33620 76200. El acuerdo se publicó el 28 de marzo de 2015 en el BOIB núm. 44.

Visto el acta de la Comisión Técnica de Evaluación reunida el 27 de mayo de 2015 para examinar los expedientes y valorarlos.

Visto el informe de 1 de junio de 2015 emitido por el secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes en el que consta que de los expedientes se desprende que los beneficiarios cumplen con todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones.

Visto el informe jurídico de 2 de junio de 2015 emitido por la TAG del Servicio de Patrimonio Histórico.

Visto el informe de fiscalización de día 24 de junio de 2015.

Visto el apartado f) del artículo primero del Decreto de Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de fecha 15 de julio de 2011, corregido por decreto de 19 de julio (BOIB núm. 111, de 21-07-2011) y modificado el 10 de octubre de 2011, el 11 de abril de 2012 y el 9 de julio de 2012, según el cual el Consejo Ejecutivo tiene atribuciones para aprobar y resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas y privadas en la cuantía que se determine en las bases de ejecución del presupuesto, cuando la cuantía no corresponda al Pleno y en relación a la disposición transitoria primera.

Visto que se 24.4 de ejecución del presupuesto 2015 que establece que el Consejo Ejecutivo es competente para aprobar y resolver subvenciones, así como autorizar y disponer gastos de cuantía superior a 70.800,00 €.

Visto lo dispuesto en el Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca aprobado por el Pleno de 8 de marzo de 2004 (BOIB núm. 38 de 16-3-2004), modificado por el Pleno el día 13 de octubre de 2011 (BOIB núm. 158, de 20-10-11), concretamente en el apartado e) del artículo 31, según el cual los consejeros ejecutivos tienen atribuciones para proponer al Consejo Ejecutivo los acuerdos apropiados respecto de las materias atribuidas a su departamento.

Por todo lo expuesto, el vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes en funciones, eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente propuesta de

ACUERDO

1. Excluir, de acuerdo con las bases de la convocatoria y por los motivos que se exponen, la solicitud siguiente:

- Exp.14 Ayuntamiento de Pollensa. Proyecto de intervención arqueológica en el yacimiento de Es Pedret de Bóquer de Pollensa: por falta de cumplimiento de la base 3.1 y 6.2 B.1b) en relación al Decreto 14/2011, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas y Paleontológicas de las Islas Baleares y el informe técnico emitido el 25 de mayo de 2015 el cual se adjunta y forma parte integrante del acta en el que se señala que: "el Plan Quinquenal se considera insuficiente, ya que no da cumplimiento al artículo 12.2 y 12.3 - no se determina el programa coordinado de intervenciones, ni el orden de actuaciones ni plazos previstos" según señala el Reglamento y que impide la aprobación del proyecto por parte de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, requisito sine qua non para ejecutar el proyecto y dar cumplimiento a las bases de la Convocatoria que derivan al Reglamento y a la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico Español (art. 37.1 y Título III). Al haber obtenido 6 puntos, no alcanza la puntuación mínima de 7 puntos que determina la base 10.2 de la convocatoria.

- Exp. 3 Ayuntamiento de Artá. Proyecto de intervención preventiva de consolidación y restauración del talayote central y santuario de Ses Païsses de Artá. Obtiene una puntuación de 11 puntos y en aplicación del principio de concurrencia competitiva no existe crédito suficiente en la aplicación presupuestaria para subvencionarlo.

2. Conceder las subvenciones dentro de la convocatoria de intervenciones arqueológicas y / o paleontológicas en la isla de Mallorca en 2015 en las cantidades que se indican, de acuerdo con la puntuación obtenida, la aplicación del principio de concurrencia competitiva y las bases de la convocatoria, y disponer el gasto total por importe de CIENTO SESENTA MIL EUROS (160.000,00 €) a cargo de las aplicaciones presupuestarias: 20 33620 78903 (con reserva de crédito 220150000279) por importe de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €) destinada a particulares y 20 33.620 76.200 (con reserva de crédito 220150000278) por importe de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €) destinada a ayuntamientos, que se imputarán a los siguientes beneficiarios:

A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78903 destinada a particulares:

Exp.

Beneficiario

CIF/NIF

Concepto

Presupuesto

Cantidad solicitada

Puntos

Importe concedido

1

Asociación Arqueover

G 57758609

Intervención arqueológica en el islote de Na Galera (Palma)

15.100

12.000,00

20

12.000,00

15

Fundación Castillo de Capdepera

G 07143753

Intervención arqueológica en el castillo de Capdepera

14.100

11.280,00

16

11.280,00

13

Asociación Talayots.com

G 57405409

Intervención arqueológica en Ses Païsses (Artá)

17.353,20

12.000,00

16

12.000,00

8

Asociación Velledeta d’Or

G 57708471

Intervención arqueológica en el foso romano

 (Ses Salines)

8.969,60

5.575,68

15

5.575,68

7

Instituto Balear de Estudios en Arqueología Marítima (IBEAM)

G 57897308

Intervención arqueológica pecio de les Lucernas (Portocristo, Manacor)

11.285,14

9.028,11

10

9.028,11

12

Sr.Alejandro Valenzuela Oliver

43126451W

Intervención arqueológica y estudio de los materiales de la Naveta des Caló de Betlem (Artá)

4.500,00

3.600,00

10

3.600,00

18

Sociedad de Investigadores de Arqueología Subacuática

G 99393589

Sondeos acuáticos pecio Cabrera XII

9.950

7.960

10

6.516,21

En el expediente 18 el importe concedido es inferior a la cuantía solicitada al haberse agotado el dinero en aplicación del principio de concurrencia competitiva.

Exp

Beneficiario

CIF

Concepto

Presupuesto

Cantidad solicitada

Puntos

Importe concedido

9

Ayuntamiento de Manacor

P0703300D

Intervención arqueológica en Son Peretó (Manacor)

13.020,00

10.416,00

26

10.416,00

16

Ayuntamiento de Felanitx

P0702200G

Intervención arqueológica en Clossos de Can Gaià (Felanitx)

20.959,25

11.859,25

26

11.859,25

4

Ayuntamiento de Santa Margarita

P0705500G

Intervención arqueológica de excavación y restauración de la necrópolis de Son Real (Santa. Margarita)

17.999,96

14.399,97

21

12.000,00

6

Ayuntamiento de Sancellas

P0704700D

Intervención arqueológica en la cueva del Camp del Bisbe (Sancellas)

17.631,92

17.631,92

20

12.000,00

11

Ayuntamiento de Andratx

P0700500B

Intervención arqueológica en el yacimiento de Son Mas (Andratx)

9.975,26

8.000,00

20

7.980,21

2

Ayuntamiento de San Lorenzo

P0705100F

Intervención arqueológica en s’Illot

(San Lorenzo)

24.010

19.208,00

20

12.000,00

10

Ayuntamiento de Manacor

P0703300D

Proyecto de laboratorio para el estudio del sector sur del yacimiento de Son Peretó (Manacor)

15.000,00

12.000,00

16

12.000,00

5

Ayuntamiento de Santañí

P0705700C

Intervención arqueológica y dinamización del yacimiento de las Talaies de Can Jordi

20.088,20

16.070,56

15

12.000,00

17

Ayuntamiento de Sineu

P0706000G

Intervención arqueológica en la cueva del Molí d’en Gaspar (Sineu)

15.000,00

12.000,00

15

9.744,54

3

Ayuntamiento de Artá

P0700600J

Intervención preventiva de consolidación y restauración del talayote central y santuario de Ses Païsses (Artá)

15.723,95

12.000,00

11

0

El expediente 3 no puede recibir subvención porque se ha agotado el crédito en aplicación del principio de concurrencia competitiva.

En el expediente 17 el importe concedido es inferior a la cuantía solicitada para ajustar el crédito sobrante en aplicación del principio de concurrencia competitiva.

En los exp. 2, 4, 5 y 6 la cuantía solicitada es mayor al importe concedido esto es debido a que el importe máximo que puede otorgar el Consejo Insular de Mallorca es de 12.000,00 €, de acuerdo con la base 2.2 de la Convocatoria.

3. Notificar el presente acuerdo a los interesados y a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca.

4.- Publicarlo en el BOIB. "

Contra este acuerdo que no pone fin a la vía administrativa puede interponerse el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se comunica a los efectos oportunos.

 

Palma de Mallorca, 30 de julio de 2015

 

El secretario general por substitución

(por Decreto de la Presidencia de 17/07/2015, BOIB 114, de 28/07/2015)

Antoni Benlloch Ramada